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SENCICO GERENCIA ZONAL TRUJILLO BASES DE ADJUDICACION MENOR CUANTIA 3RA CONVOCATORIA POR SUBASTA INVERSA ELECTRONICA SENCICO GERENCIA ZONAL TRUJILLO BASES ADJUDICACIÓN MENOR CUANTIA 3RA. CONVOCATORIA SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA Nº 003-2008-16.00 SUMINISTRO DE GASOLINA PARA LA GERENCIA ZONAL SENCICO TRUJILLO

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SENCICO GERENCIA ZONAL TRUJILLO BASES DE ADJUDICACION MENOR CUANTIA 3RA CONVOCATORIA POR SUBASTA INVERSA

ELECTRONICA

SENCICO GERENCIA ZONAL TRUJILLO

BASES

ADJUDICACIÓN MENOR CUANTIA 3RA. CONVOCATORIA

SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA

Nº 003-2008-16.00 SUMINISTRO DE GASOLINA PARA LA GERENCIA

ZONAL SENCICO TRUJILLO

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SENCICO GERENCIA ZONAL TRUJILLO BASES DE ADJUDICACION MENOR CUANTIA Nº 003-2008-SENCICO-16.00

3RA CONVOCATORIA POR SUBASTA INVERSA ELECTRONICA “SUMINISTRO DE GASOLINA PARA LA GERENCIA ZONAL TRUJILLO”

Comité Especial

BASES

ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTIA 3RA. CONVOCATORIA POR

SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA

Nº 003-2008-16.00 1. ENTIDAD QUE CONVOCA Y DOMICILIO LEGAL

Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción SENCICO, Sede Zonal Trujillo; Calle Carlos Monge N° 292 Urb. Chimu Trujillo. RUC Nº 20131377810.

2. IDENTIFICACIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN Y MODALIDAD DE SELECCION

Adjudicación Menor Cuantía 3ra. Convocatoria por Subasta Inversa Electrónica. 3. CODIGO DE ACUERDO AL LISTADO DE BIENES COMUNES

CODIGO

NOMBRE DEL BIEN EN EL CATÁLOGO DEL

SEACE (Descripción comercial)

DENOMINACION TECNICA

DOCUMENTO DE APROBACION

B172100040002 GASOLINA DE 90sp GASOLINA DE 90sp RES N° 059-2006/CONSUCODE/PRE

4. VALOR REFERENCIAL

S/. 18,482.91 (Dieciocho mil cuatrocientos ochenta y dos con 91/100 Nuevos Soles), de acuerdo al siguiente detalle: Las Propuestas Económicas no podrán exceder el 10% del Valor Referencial; caso contrario serán devueltas por el Comité Especial. En ésta modalidad de selección no se aplican los márgenes mínimos establecidos en el Artículo 33º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (DS Nº 083-2004-PCM).

ITEM DESCRIPCION CANT U.DE

MEDIDA

VALOR REFERENCIAL DEL

ITEM

LIMITE MAXIMO OFERTABLE(110%

VALOR REFERENCIA)X ITEM

1 GASOLINA DE 90sp 1,378 GALON S/. 18,482.91 S/. 20,331.20 El valor referencial se ha estimado a abril del 2008, e incluye todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda incidir sobre el valor de los bienes a adquirir. Las Propuestas Económicas no podrán exceder el 10% del Valor Referencial; caso contrario serán devueltas por el Comité Especial. En ésta modalidad de selección no se aplican los márgenes mínimos establecidos en el Artículo 33º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (DS Nº 083-2004-PCM).

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5. DESCRIPCION BASICA DEL OBJETO DEL PROCESO

Suministro de combustible es para abastecer a las Unidades móviles de la Gerencia Zonal SENCICO TRUJILLO, según fichas técnicas que forman parte de las presentes bases y de acuerdo al siguiente detalle:

Ítem Descripción comercial Cantidad Unidad de medida

1 GASOLINA DE 90sp 1,378 Galón

6. DECREMENTO MÍNIMO

ÍTEM DESCRIPCION

COMERCIAL DEL BIEN

VALOR REFERENCIAL

TOTAL S/.

VALOR REFERENCIAL UNITARIO S/.

VALOR MONETARIO

DEL DECREMENTO MÍNIMO S/.

01 GASOLINA DE 90sp S/. 18,482.91 13.41 184.83

7. DERECHO DE PARTICIPACIÓN

La inscripción de participantes será gratuita. 8. FUENTE DE FINANCIAMIENTO

Recursos Propios. 9. SISTEMA DE ADQUISICIÓN

De precios unitarios. 10. BASE LEGAL

a. Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, Texto Único Ordenado de la Ley 26850 – Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

b. Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, Reglamento de la Ley 26850 – Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

c. Resolución Nº 590-2006-CONSUCODE/PRE, Reglamento de la modalidad de Subasta Inversa Electrónica, del 31 de diciembre de 2006.

d. Resolución Nº 112-2007-CONSUCODE/PRE, modifica el Reglamento de la modalidad de Subasta Inversa Electrónica.

e. Ley N° 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2008. f. Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General. g. Ley Nº 27633 – Ley que modifica la Ley Nº 27143, Ley de Promoción Temporal del Desarrollo

Productivo Nacional. h. Decreto Supremo Nº 003-2001-PCM establece disposiciones para la aplicación del D.U. N° 064-

2000 sobre calificación técnica y económica obtenida por postores de bienes y servicios elaborados dentro del territorio nacional.

i. Decreto Supremo Nº 054-93-EM – Reglamento de Seguridad para establecimientos de venta al público de combustibles derivados de Hidrocarburos.

j. Decreto Supremo Nº 052-93-EM – Reglamento de Seguridad para el almacenamiento de Hidrocarburos.

k. Decreto Supremo Nº 030-98-EM y Decreto Supremo Nº 045-2001-EM – Reglamento para la Comercialización de Combustibles Líquidos y Otros Productos derivados de los hidrocarburos.

l. Las presentes bases.

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Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y conexas, de ser el caso y las normas complementarias dictadas.

11. CALENDARIO DEL PROCESO DE SELECCIÓN

REGISTRO DE PARTICIPANTES DEL 04 AL 05 DE JUNIO DE 2008

PRESENTACION DE PROPUESTAS DEL 04 AL 05 DE JUNIO DE 2008, hasta las 15.29:00 horas

APERTURA DE SOBRES 05 DE JUNIO DE 2008, desde las 15:30 horas hasta las 16:00 horas

MEJORA DE PRECIOS 05 DE JUNIO DE 2008, desde las 16:00 hasta las 18:00 pm

BUENA PRO 05 DE JUNIO DE 2008.

12. CONDICIONES DE CARÁCTER TÉCNICO

12.1 REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS Las especificaciones técnicas de los bienes requeridos se encuentran establecidas Anexo Nº 01, de acuerdo a la Ficha Técnica respectiva aprobada por el CONSUCODE.

12.2 PRESUNCION DE CUMPLIMIENTO

Se presume que las propuestas presentadas cumplen con los requerimientos mínimos exigidos en las bases.

12.3 CONDICIONES GENERALES BASICAS DE CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO DE LOS ÍTEMS

Plazo de entrega

El suministro de combustible se realizará de Lunes a Domingo, incluyendo feriados, durante las 24 horas del día. Durante el período de 12 (doce) meses, de suscrito el contrato respectivo.

Ejecución

Para cada estación declarada:

a) Deberá contar con un grupo electrógeno que garantice el abastecimiento permanente.

b) Deberá contar con un software para el control del suministro que permita dar seguridad del expendio de combustible, y proporcionar reportes sobre el consumo por unidad consignando la lectura del odómetro.

c) Deberá contar con surtidores y filtros que garantice la pureza del combustible y operarios suficientes que garanticen la atención oportuna

Lugar de entrega

ITEMS Nos. 01

Servicentro del proveedor, ubicado dentro de la provincia de Trujillo

Forma de entrega

• 1.1 El Area de Abastecimientos de la Gerencia Zonal Trujillo

entregará al contratista beneficiado con la Buena Pro el nombre del personal responsable de retirar el combustible; a través de los vales de consumo de atención de combustibles debidamente sellados y autorizados.

• 1.2 El contratista beneficiado con la Buena Pro será responsable de confeccionar los “Vales de Consumo”, cuyo diseño será establecido por el SENCICO, Gerencia Zonal Trujillo,

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el cual servirá para la atención y despacho de combustible. 1.3 El adjudicatario de la Buena Pro, emitirá reportes SEMANALES de

consumo para el SENCICO por el Combustible, usuario, sustentando con los vales de combustibles correspondientes. Firmado por la persona autorizada a efectuar los retiros de combustible.

13. DE LA CONVOCATORIA

La Convocatoria de la Adjudicación Menor Cuantía 1. Convocatoria por Subasta Inversa Electrónica, se efectuará a través de su publicación en el SEACE, para lo cual se adjuntará las bases, bajo sanción de nulidad, todo esto concordante con el artículo 13º del Reglamento de la Modalidad de selección por Subasta Inversa Electrónica, aprobado mediante Resolución Nº 590-2006-CONSUCODE/PRE, modificado por la Resolución Nº 112-2007-CONSUCODE/PRE.

14. INSCRIPCION DE PARTICIPANTES

Para la inscripción como participante, el proveedor deberá tener en cuenta lo siguiente: - Declarar la aceptación de las condiciones de uso del Sistema para participar en el proceso de

selección por Subasta Inversa Electrónica. Para tal efecto, y con carácter de declaración jurada, deberá aceptar el formulario que le mostrara el Sistema en el SEACE.

- El participante podrá inscribirse y bajar las bases gratuitamente de acuerdo al art Nº 61 del Reglamento de la Ley de Contrataciones. Luego del cual deberá registrarse a través del Sistema SEACE para lo cual deberá consignar los siguientes datos:

- Usuario - Contraseña.

15. REGISTRO DE PROPUESTAS

Los participantes registrarán sus propuestas a través del SEACE, a partir de su inscripción como participante, para lo cual deberá cumplir con las características, formatos y demás condiciones establecidas en las presentes bases.

Para el Registro de Propuestas, los participantes deberán cumplir con lo siguiente: 15.1. El Registro de Propuestas se realizará por ítem, a los que postula el participante, mediante el

formulario que deberá completar para tal efecto. 15.2. Los datos que debe ingresar en su propuesta son los siguientes:

A) PROPUESTA TECNICA - El participante deberá añadir los archivos conteniendo los documentos de habilitación

solicitados en la convocatoria. - En caso de presentarse en consorcio deberá adjuntar la promesa formal de consorcio

respectiva, según el formato obrante en el Sistema. - De ser el caso, el participante debe indicar para cada ítem al que se presenta si su oferta

corresponde a un producto nacional. - El participante podrá indicar si es una MYPE, a través del formulario que con carácter de

declaración jurada le mostrará el Sistema. - El participante debe consignar los datos de su representante legal.

B) PROPUESTA ECONOMICA

La propuesta económica deberá presentarse en función al valor referencial total del ítem, asimismo registrará el valor del precio unitario del bien. La propuesta económica total será utilizada por el Sistema para asignarle el turno de inicio en el periodo de Lances con Agentes Electrónicos. La propuesta con menor precio será el precio base y la que inicie los lances.

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Se considerarán como propuestas económicas válidas aquellas que no superen en más del 10% el valor referencial total del ítem consignado en las Bases; de lo contrario, el Sistema las excluirá automáticamente del proceso.

C) CONFIGURACION DEL AGENTE ELECTRONICO

El participante deberá indicar en el Sistema los siguientes datos: El monto del decremento aplicable al ítem en el que participa, que en ningún caso podrá ser inferior al monto del decremento mínimo establecido en la convocatoria y en las presentes bases, y

El precio limite inferior (monto más bajo) que está dispuesto a ofertar por cada ítem.

Mediante estos parámetros el proveedor podrá programar los lances que realizará su agente durante los Lances con Agentes Electrónicos.

En caso el participante no configure el Agente Electrónico, el Sistema considerará que el precio limite inferior es igual a la propuesta económica.

El participante podrá realizar modificaciones a su propuesta sólo hasta antes de haber confirmado la presentación de su propuesta.

16. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS

Al finalizar el registro de la propuesta, el participante podrá presentar su propuesta a través del Sistema. Para tal efecto, antes del envío de la propuesta, el participante deberá aceptar con carácter de declaración jurada: a) Cumplir con las condiciones estipuladas en el artículo 76º del Reglamento de la Ley de

Contrataciones y Adquisiciones del Estado. b) Tener vigente y habilitada su inscripción en el Registro Nacional de Proveedores en el Capítulo de

Bienes. c) Declarar que los productos ofrecidos cumplen con las especificaciones técnicas y de calidad

indicadas en la Ficha Técnica, así como cumplir con todas las condiciones solicitadas en las Bases. d) Declarar que no ha sobornado ni ejercido presión sobre ningún funcionario en relación al presente

proceso de selección. e) Declarar que en caso resulte ganador del item convocado en que se presente en consorcio,

formalizará el consorcio según lo dispone el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

A continuación, el Sistema procederá a solicitarle la confirmación de la presentación de la propuesta y, de confirmarla, el Sistema recibirá la propuesta y generará el respectivo cargo electrónico.

17. DOCUMENTOS DE HABILITACION

Los postores deberán presentar como parte de su propuesta en el sistema un archivo zip, con la siguiente documentación escaneada:

a) Declaración Jurada de Información Empresarial, según Anexo Nº 02. b) De ser el caso, promesa de Consorcio, según anexo N. 3. c) Constancia de inscripción en el Registro Nacional de Proveedores en el capítulo de bienes y en

situación vigente.

d) Declaración Jurada señalando que los bienes ofertados cumplen con las especificaciones técnicas establecidas en las respectivas Fichas Técnicas, así como con las condiciones básicas

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de cumplimiento contractual que forman parte integrante de las presentes Bases e indicando la dirección de la Estación de Servicio. Anexo Nº 03.

e) Copia simple de la Constancia de Inscripción del producto ofertado en el Registro de

Productos Industriales Nacionales (RPIN), cuando corresponda.

f) Copia simple de la Autorización de Funcionamiento otorgada por la Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas de las estaciones declaradas, vigente a la fecha de presentación de propuestas. No se aceptarán constancias de trámite ni semejantes.

18. APERTURA DE PROPUESTAS Y PERÍODO DE LANCES

La etapa de Apertura de Propuestas y Período de Lances consta de los siguientes ciclos consecutivos: 1. Apertura de Propuestas y Lances con Agentes Electrónicos. 2. Mejora de Precios (Lances en Línea).

19. APERTURA DE PROPUESTAS Y LANCES CON AGENTES ELECTRÓNICOS

El Sistema realizará la apertura de propuestas e iniciará los Lances con Agentes Electrónicos de forma automática, inmediatamente después de vencido el plazo para el Registro de Participantes y Presentación de Propuestas, y conforme a los valores configurados por el postor en su Agente Electrónico (valor de decremento y el precio límite inferior). En esta etapa podrán participar todos los postores con propuestas económicas válidas.

Para tales efectos, el Sistema procesará la información de las propuestas económicas por ítem, determinará las propuestas válidas y las ordenará según el valor total de la oferta, lo que determinará el turno de los lances. En caso que dos (2) o más postores hubieran presentado el mismo monto en la propuesta económica, el Sistema efectuará automáticamente un sorteo para establecer el turno de los lances.

Los lances se iniciarán con la propuesta económica de menor precio y se desarrollará conforme al siguiente procedimiento:

a) A la propuesta económica de menor precio se le descontará el decremento programado por el

postor obteniendo así el “menor precio”. b) Para efectuar el lance del siguiente postor, el Sistema restará al “menor precio” el decremento

programado por este postor, pudiendo resultar que: - El precio obtenido sea mayor o igual que su precio límite inferior, en cuyo caso el Sistema lo

registrará como el nuevo “menor precio”. - El precio obtenido sea menor que su precio límite inferior, en cuyo caso el Sistema registrará su

precio límite inferior y lo excluirá de la siguiente ronda.

c) El procedimiento continuará de la forma prescrita en el literal anterior con los agentes de las siguientes propuestas económicas y en rondas sucesivas hasta que quede sólo una propuesta con posibilidad de participar en la siguiente ronda; en ese momento, la propuesta económica que aún participa será declarada como ganadora de los Lances con Agentes Electrónicos, con lo cual concluirá dicho ciclo.

Durante el desarrollo de los Lances con Agentes Electrónicos, el Sistema registrará el detalle de los lances efectuados en las rondas y el monto de la propuesta ganadora.

Al concluir el ciclo de Lances con Agentes Electrónicos para todos los ítems del proceso, el Sistema registrará los resultados finales, los cuales serán considerados como los precios de inicio para el ciclo de Mejora de Precios, quedando abiertos todos los ítems con propuestas válidas para su mejora.

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20. MEJORA DE PRECIOS La Mejora de Precios permitirá que los postores cuyas propuestas económicas participaron en los Lances con Agentes Electrónicos puedan mejorar sus precios a través de lances sucesivos a ser realizados en línea. La Mejora de Precios se desarrollará conforme al siguiente procedimiento: a) En la fecha y hora indicadas en la convocatoria, el postor accederá al Módulo de Transacciones

Electrónicas del SEACE, ingresando su clave y contraseña asignada por el Registro Nacional de Proveedores.

b) El postor visualizará la propuesta económica ganadora de los Lances con Agentes Electrónicos

(menor precio) y el monto de su propuesta. c) El postor podrá mejorar el monto de la propuesta económica de menor precio hasta ese momento

y/o mejorar su propia propuesta económica durante el periodo indicado en la convocatoria. d) El postor no está obligado a enviar lances inferiores al menor precio vigente a ese momento, pero

sus lances deberán ser siempre inferiores a su último precio ofertado.

Cinco (5) minutos antes de la finalización del horario indicado en la convocatoria para efectuar las mejoras de precios, el Sistema enviará una alerta indicando el inicio del cierre aleatorio. La duración del cierre aleatorio será determinada por el Sistema en forma aleatoria, pudiendo variar entre uno (1) a treinta (30) minutos, tiempo durante el cual los postores podrán enviar sus últimos lances.

Cerrado este ciclo no se admitirán más lances en el proceso.

21. DETERMINACIÓN DE PUNTAJES

Una vez culminada la etapa de Apertura de Propuestas y Período de Lances, el Sistema procesará los lances recibidos del ítem o ítems del proceso de selección, ordenando a los postores por cada ítem según el valor de su último lance. Se asignará cien (100) puntos al postor que haya ofertado el menor precio, y al resto de propuestas válidas se les asignará un puntaje inversamente proporcional, estableciendo el orden de prelación de los postores en función del puntaje obtenido.

Seguidamente, el Sistema asignará la bonificación especial establecida por la Ley de Promoción del Desarrollo Productivo Nacional y normas complementarias, al puntaje obtenido por los postores que hayan indicado que el bien ofertado corresponde a un producto nacional, reordenando la prelación de los postores, de ser el caso.

De existir empate, el Sistema le dará prioridad al postor que esté registrado como MYPE. En caso persistiera el empate, el Sistema realizará un sorteo automático con valores aleatorios para seleccionar el orden de prelación.

22. ACTA DE LA APERTURA DE PROPUESTAS Y PERÍODO DE LANCES

El Sistema registrará el detalle de los puntajes finales asignados y el orden de prelación de los postores, generando el Acta con el detalle del desarrollo de la etapa de Apertura de Propuestas y Período de Lances, la cual quedará registrada en el Sistema y publicada automáticamente en la respectiva ficha del proceso.

23. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

Para efectos de otorgar la Buena pro, previamente el Comité Especial deberá verificar la documentación de habilitación exigida por las Bases al postor que haya obtenido el primer lugar en el orden de prelación, documentación a la que tendrá acceso a través del Sistema.

En caso que la documentación presentada por el postor que haya obtenido el primer lugar reúna las condiciones requeridas por las Bases, el Comité Especial procederá a otorgarle la Buena Pro; caso contrario, procederá a descalificarlo, y evaluará la documentación del postor que haya alcanzado el segundo lugar en el orden de prelación, y así de manera sucesiva.

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Comité Especial

Si se presentara un solo postor con propuesta válida, se le otorgará la Buena Pro, en caso cumpla con lo dispuesto en las Bases, de acuerdo a lo establecido en el primer párrafo del artículo 32º del TUO del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM.

24. ACTA DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

El Comité elaborará el Acta del Otorgamiento de la Buena Pro con el resultado de la evaluación de los postores por cada ítem y con el sustento debido en los casos en que los postores sean descalificados. El acta se publicara en el SEACE el mismo día de otorgada la Buena Pro.

25. CONSENTIMIENTO DEL OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

El otorgamiento de la Buena Pro quedará automáticamente consentido si dentro del plazo establecido en el Reglamento de Subasta Inversa Electrónica ningún participante hubiera apelado ante el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

26. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE LA FASE DE SELECCIÓN

Las discrepancias que surjan entre la Entidad y los participantes, desde la convocatoria hasta la celebración del contrato inclusive, podrán dar lugar a la interposición del recurso impugnativo ante el Tribunal, debiendo cumplirse los requisitos, tasas y garantías establecidos en el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

El recurso de impugnativo contra los actos o actuaciones que se produzcan desde la convocatoria hasta el otorgamiento de la Buena Pro, deberá ser interpuesto dentro de los tres (3) días siguientes de la publicación en el SEACE del Acta de Otorgamiento de la Buena Pro.

Para los actos posteriores al otorgamiento de la Buena Pro, el recurso de impugnativo deberá interponerse dentro de los tres (3) días siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.

27. PLAZO Y PROCEDIMIENTO PARA SUSCRIBIR EL CONTRATO

Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, los plazos y el procedimiento para suscribir el contrato son los siguientes:

1. Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena pro, la Entidad deberá

citar al postor ganador, otorgándole un plazo de cinco (5) días hábiles dentro del cual deberá presentarse a suscribir el contrato con toda la documentación requerida.

2. Cuando el postor ganador no se presente dentro del plazo otorgado, perderá automáticamente la

Buena Pro, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable. En tal caso, la Entidad llamará a los postores conforme al orden de prelación, empezando por el segundo lugar, y así de manera sucesiva, para que se suscriba el contrato, previa verificación del sobre de habilitación procediéndose conforme al plazo dispuesto en el inciso precedente. Si ninguno de los postores suscribe el contrato, la Entidad podrá declarar desierto el proceso de selección, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable.

Para la formalización y ejecución del contrato se aplicarán los demás requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantías establecidos en el Título V (Ejecución Contractual) del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, lo siguiente:

Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. No se aceptarán constancias de trámite ni semejantes. Copia simple del certificado de inscripción en el capítulo de Proveedores de Bienes del Registro Nacional de Proveedores, vigente a la fecha de presentación de propuestas. No se aceptarán constancias de trámite ni semejantes. Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los asociados, de ser el caso.

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Comité Especial

Certificado de vigencia de poder de fecha actual expedido por la Oficina del Registro Público correspondiente y copia del documento de identidad del representante legal facultado para celebrar contratos. En caso de representante legal extranjero no residente, deberá presentar el poder que le ha sido otorgado ante el Consulado Peruano, debidamente legalizado ante el SENCICO y el certificado registral de inscripción del poder o mandato.

Pacto de integridad o compromiso de no soborno. Copia del DNI del representante legal. Copia de la ficha registral donde conste relación de accionistas y porcentaje de participación. Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado. Copia del RUC de la Empresa. Licencia Municipal de funcionamiento vigente o declaración jurada de permanencia en el giro. Certificado por escrito a través de algún organismo de Certificación acreditando ante INDECOPI, que asegure que el bien entregado por el Contratista reúne las características contenidas en la ficha técnica respectiva aprobada por el CONSUCODE. En caso de adjudicaciones con montos inferiores a los señalados para procesos de menor cuantía, solo será necesario la presentación de los documentos según literales d, e, y h.

GARANTIA ADICIONAL POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA Cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más del veinte por ciento (20%), junto a la garantía de fiel cumplimiento y con idéntico objeto y vigencia, el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica.

Es responsabilidad del postor ganador presentar correctamente la documentación solicitada para la suscripción del contrato dentro del plazo legal establecido, por lo que cualquier observación que se presente sobre los requisitos presentados, será subsanada dentro del plazo legal otorgado para la presentación de dichos documentos, por lo que transcurrido el mismo no habrá plazo para levantar observaciones, aplicándose los señalado en el inciso 1 del presente numeral.

28. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS EN LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL

Las controversias que surjan durante la ejecución contractual serán resueltas mediante conciliación y/o arbitraje.

Si las controversias estuvieran referidas a la adecuación que debe existir entre las características del bien entregado por el contratista a la Entidad y las especificaciones técnicas contenidas en la Ficha Técnica respectiva, las partes podrán conciliar en función al dictamen pericial que emita el perito designado de común acuerdo por ellas.

29. CONFORMIDAD

La conformidad de los bienes, será otorgada por el Área de Logística del SENCICO, Zonal Trujillo, en concordancia con el artículo 233º del Reglamento, previa presentación de la factura correspondiente.

30. FORMA DE PAGO

El pago se realizará en forma mensual, en moneda nacional, de acuerdo a las entregas que realizará el contratista durante ese período, de acuerdo a los requerimientos del SENCICO, hasta la finalización del Contrato, de conformidad con el artículo 237° del Reglamento.

La factura será presentada en la Gerencia Zonal, con todos los requisitos exigidos por la SUNAT, emitida a nombre del SENCICO, RUC 20131377810, desagregando el valor de los bienes y el IGV.

El SENCICO, no aceptará otorgar ningún adelanto.

32. FORMULA DE REAJUSTE

El SENCICO reconocerá al contratista, el reajuste del precio del combustible, de acuerdo al precio planta/productora de combustible debidamente sustentado y de acuerdo a la fecha de adquisición.

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Comité Especial

33. PLAZOS PARA LOS PAGOS

El SENCICO pagará las contraprestaciones pactadas a favor del contratista en la oportunidad establecida en las presentes Bases y en el contrato correspondiente. Para tal efecto, el Area de Logística de SENCICO Zonal Trujillo, responsable de dar la conformidad respectiva, deberán emitir ésta en un plazo que no excederá de los diez (10) días de ser éstos recibidos en forma mensual, a fin de permitir que el pago se realice dentro de los diez (10) días siguientes.

EL COMITÉ ESPECIAL

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Comité Especial

ANEXO Nº 01

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

Ítem 1: Gasolina 90 SP, según ficha técnica adjunta Condiciones básicas VÁLIDA PARA TODOS LOS ÍTEMS: - Plazo de entrega

El suministro de gasolina se realizará de Lunes a Domingo, incluyendo feriados, durante las 24 horas del día previo requerimiento del AREA DE LOGISTICA de la Gerencia Zonal Trujillo. Se efectuará durante el período de 12 (doce) meses, de suscrito el contrato respectivo.

- Ejecución:

Para cada estación declarada:

a) El contratista deberá contar con surtidores de combustible electrónicos y con capacidad para controlar el consumo por vehículo, con un mínimo de 2 surtidores múltiples.

b) El contratista deberá contar con sistemas de seguridad, control de accidentes; y sistemas contra incendios.

c) El contratista deberá tener otros servicios adicionales, sin costo alguno para el SENCICO tales como: Agua y Aire.

d) El contratista deberá contar con un grupo electrógeno para la operatividad ante la suspensión del fluido eléctrico con la finalidad de no interrumpir el suministro solicitado.

- Lugar de entrega:

ITEM No. 01: Gasolina 90 sp En el servicentro del Proveedor, dentro de la ciudad de Trujillo.

- Forma de entrega:

El contratista beneficiado con la Buena Pro será responsable de confeccionar los “Vales de Consumo”, cuyo diseño será establecido por el SENCICO, el cual servirá para la atención y despacho de combustible. El Área de Logística será la responsable del retiro del combustible portando el Vale de Consumo debidamente autorizado por SENCICO. La empresa adjudicada con la Buena Pro, emitirá reportes semanales de consumo para el SENCICO del combustible a abastecer, sustentando con los vales de combustibles correspondientes. Firmado por el personal de SENCICO autorizado para efectuar los retiros de gasolina para uso de las Camionetas de la Institución.

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- Muestreo y Calidad del Combustible:

El SENCICO se encargará de realizar, cuando fuese el caso, un muestreo periódico del combustible suministrado. El SENCICO se reserva el derecho de asesorarse por técnicos independientes para auditar periódicamente la calidad del combustible. El contratista abastecerá la cantidad de combustible indicada en los vales de consumo, EL SENCICO no se hará responsable del pago adicional generado por un abastecimiento mayor al indicado en los vales de consumo antes referidos, el cual fuese producto de un error por parte del contratista.

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ITEM Nº 01

Gasolina 90° SP REQUISITOS Apariencia: Transparente. Volatilidad: -DestilaciónºC(a 760 mmHg). 10%Vol.: Min:-- Máx.:70 50%Vol.: Min:77 Máx.:121 90%Vol.: Min:-- Máx.:190 Punto final: Min:-- Máx.:225 Residuo,% V: Min:-- Máx.:2 -Relación Vapor/Líquido a 56 ºC,1 atm: Min:-- Máx.:20 -Presión de Vapor Reid, kPa (psi) : Min:-- Máx.:69(10) Composición: -Oxígeno,%masa: Min:-- Máx.:2,7 -Aromático,%Vol.:Min:-- Máx.:45 -Olefinas,%Vol.:Min:-- Máx.:25 -Benceno,%Vol.:Min:-- Máx.:2,5 Corrosividad: -Corrosión Lámina de Cobre,3 h,50 ºC,Nº:Min:-- Máx.:1 -Azufre total,%Masa:Min:-- Máx.:0,10 Estabilidad a la Oxidación: -Minutos:Min:240 Máx.:-- Antidetonancia: -Nº Octano Research: Super Contaminantes: -Goma existente,mg/100Ml:Min:-- Máx.:5,0 -Plomo,g Pb/L: Min:-- Máx.:0,013

REQUISITOS POR PARTE DE LA ENTIDAD Sólo aquellas entidades que sean A. Consumidor Directo con Instalación Fija

(Capacidad mínima de almacenamiento de 1m3 ó 264.17 gl.).

Constancia de DGH (De la instalación o tanques donde se recibirá y almacenará el Diesel N° 2). La referida constancia, y el Informe Técnico Favorable del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía (OSINERG).

La Entidad deberá hacer uso del Sistema de Control de Órdenes de Pedido (SCOP), que es la

plataforma de información de las Órdenes de Pedido de Combustibles, a través de la base de datos de OSINERG, en ella se deberán declarar los despachos que permitan el seguimiento y la conciliación diaria entre las Órdenes de Pedido registradas y las Órdenes de despacho del operador, según RESOLUCION OSINERG N° 048-2003-OS/CD

B. Consumidor Directo con Instalación Móvil

Inscripción en la DGH (La autorización e inscripción, deben estar vigentes no se requiere el Informe Técnico Favorable de OSINERG).

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Comité Especial

La Entidad deberá hacer uso del Sistema de Control de Órdenes de Pedido (SCOP), que es la plataforma de información de las Órdenes de Pedido de Combustibles, a través de la base de datos de OSINERG, en ella se deberán declarar los despachos que permitan el seguimiento y la conciliación diaria entre las Órdenes de Pedido registradas y las Órdenes de despacho del operador, según RESOLUCION OSINERG N° 048-2003-OS/CD

POR PARTE DEL POSTOR Sólo aquellos postores que sean A. Distribuidores Mayoristas

Constancia de DGH (A nombre de la empresa o postor del proceso de selección, con Constancia de Registro vigente, con autorización a comercializar el DIESEL N° 2, descrito en la Constancia).

La Entidad deberá hacer uso del Sistema de Control de Órdenes de Pedido (SCOP), que es la

plataforma de información de las Órdenes de Pedido de Combustibles, a través de la base de datos de OSINERG, en ella se deberán declarar los despachos que permitan el seguimiento y la conciliación diaria entre las Órdenes de Pedido registradas y las Órdenes de despacho del operador, según RESOLUCION OSINERG N° 048-2003-OS/CD

B. Distribuidores Minoristas

Constancia de DGH (A nombre de la empresa o postor del proceso de selección, con Constancia de Registro vigente, con autorización a comercializar el DIESEL N° 2, descrito en la Constancia, con suficiente capacidad total de galones para abastecer, con registro de camiones tanque y cisternas, con Informe Técnico Favorable de OSINERG)

NOTA: El volumen máximo que podrá vender de DIESEL N° 2, por cliente (Entidad Pública), en forma mensual no excederá de 113,56 m3 (30,000 galones), según Decreto Supremo 045-2005 EM, Modificación al Reglamento de Comercialización del Subsector de Hidrocarburos.

La Entidad deberá hacer uso del Sistema de Control de Órdenes de Pedido (SCOP), que es la

plataforma de información de las Órdenes de Pedido de Combustibles, a través de la base de datos de OSINERG, en ella se deberán declarar los despachos que permitan el seguimiento y la conciliación diaria entre las Órdenes de Pedido registradas y las Órdenes de despacho del operado, según RESOLUCION OSINERG N° 048-2003-OS/CD

C. Grifos

Constancia de DGH (A nombre de la empresa o postor del proceso de selección, con Constancia de Registro vigente, con autorización a comercializar el DIESEL N° 2, descrito en la Constancia, con suficiente capacidad total de galones para abastecer, con registro de camiones tanque y cisternas, con Informe Técnico Favorable de OSINERG).

La Entidad deberá hacer uso del Sistema de Control de Órdenes de Pedido (SCOP), que es la

plataforma de información de las Órdenes de Pedido de Combustibles, a través de la base de datos de OSINERG, en ella se deberán declarar los despachos que permitan el seguimiento y la conciliación diaria entre las Órdenes de Pedido registradas y las Órdenes de despacho del operador, según RESOLUCION OSINERG N° 048-2003-OS/CD.

OTRAS ESPECIFICACIONES Asimismo, el artículo 83, numeral a, del citado Reglamento señala que es materia de fiscalización por parte de Osinerg el cumplimiento de las disposiciones señaladas en el mencionado Reglamento

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ANEXO Nº 02

DECLARACIÓN JURADA SOBRE INFORMACIÓN DEL POSTOR (MODELO)

ADJUDICACIÓN MENOR CUANTIA 1ra. CONVOCATORIA POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA Nº 003-2008-SENCICO-16.00

Por intermedio de la presente tenemos el agrado de presentarnos a la Adjudicación Menor Cuantía 2da. Convocatoria por Subasta Inversa Electrónica Nº 003-2008-SENCICO-16.00 Para tal efecto, agradeceremos a usted se sirva tener en cuenta la siguiente información:

(*)Nombre o Razón Social (*)Domicilio Legal (*)R.U.C. (*)Teléfono (*)Fax

(*)Correo Electrónico

R E G I S T R O D E P E R S O N A S J U R Í D I C A S

Localidad Ficha Tomo Asiento Fecha de Inscripción

Fecha de inicio de actividades económicas

Socios de la Empresa Nombres y Apellidos D.N.I. Participación %

Directorio del Proveedor Cargo Nombres y Apellidos D.N.I.

Presidente Vice-Presidente Director

Autorización Municipal Municipalidad Nº de Licencia de Funcionamiento Fecha

(*)Participa en Consorcio SI NO Nombre de las Empresas que participan en consorcio Empresa Nº 1 Empresa Nº 2 Empresa Nº 3

(*) Datos que debe consignar obligatoriamente, salvo que no cuente con los mismos. Por la presente declaramos bajo juramento que la información contenida en el presente documento expresa la verdad, sujetándose a las disposiciones establecidas en los artículos 41° y 42° y demás aplicables de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, así como las establecidas en el T.U.O. de la Ley Nº 26850 y su Reglamento, aprobados por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, respectivamente.

Trujillo, Firma y Sello del Postor *En caso de consorcio, la presente declaración deberá ser presentada por cada parte del consorcio.

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ANEXO Nº 03

DECLARACION JURADA DE CUMPLIMIENTO DE ESPECIFICACIONES TECNICAS El que suscribe, ................................................................................., identificado con Documento Nacional de Identidad N° .............................. Representante Legal de la empresa ........................... ………………….................................................., con domicilio en…………………………. con RUC…....................., postor del presente proceso DECLARA BAJO JURAMENTO LO SIGUIENTE: Que los bienes ofertados por nuestra empresa, así como los servicios complementarios al mismo, CUMPLEN CON LAS CARACTERISTIAS TECNICAS, ESPECIFICACIONES Y REQUISITOS TECNICOS MINIMOS SEÑALADOS EN EL ANEXO 1 en toda su extensión, de las presentes Bases Administrativas. En caso de ganar la Buena Pro del proceso, cumpliremos conforme con las condiciones básicas de cumplimiento contractual que forma parte integrante de las bases. Para lo cual postulo con los Servicentros ubicados en ITEM SERVICENTRO NOMBRE UBICACIÓN …….. ………………………….. ………………………………………….. …….. ………………………….. ………………………………………….. …….. ………………………….. ………………………………………….. …….. ………………………….. ………………………………………….. Estaciones de servicios, que se encuentran ubicados dentro del perímetro y/ distancia requerida respecto a la sede SENCICO TRUJILLO Trujillo,…..……. de………………… de 2008. Atentamente, …………………………………… Nombre, firma y sello del Gerente o Funcionario de la empresa.

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DECLARACION JURADA DE CUMPLIMIENTO DE ESPECIFICACIONES TECNICAS El que suscribe, ................................................................................., identificado con Documento Nacional de Identidad N° .............................. Representante Legal de la empresa............................................................................, con domicilio en…………………………. con RUC…....................., postor del presente proceso DECLARA BAJO JURAMENTO LO SIGUIENTE: Que los ítems ofertados por nuestra empresa, así como los servicios complementarios al mismo, CUMPLEN CON LAS CARACTERISTICAS TECNICAS, ESPECIFICACIONES Y REQUISITOS TECNICOS MINIMOS SEÑALADOS EN EL ANEXO 1 en toda su extensión, mencionadas en las presentes Bases. En caso de ganar la Buena Pro del proceso, cumpliremos conforme con las condiciones básicas de cumplimiento contractual. Para lo cual postulo con los Servicentros ubicados en ITEM SERVICENTRO NOMBRE UBICACIÓN …….. ………………………….. ………………………………………….. …….. ………………………….. ………………………………………….. …….. ………………………….. ………………………………………….. …….. ………………………….. ………………………………………….. Estaciones de servicios, que se encuentran ubicados dentro del perímetro y/ distancia requerida respecto a la GERENCIA ZONAL SENCICO TRUJILLO Trujillo,…..……. de………………… de 2008. Atentamente, …………………………………… Nombre, firma y sello del Gerente o Funcionario de la empresa.

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PROFORMA DE CONTRATO Conste por el presente documento, el Contrato de Suministro de Combustible para LA GERENCIA ZONAL TRUJILLO que celebran, de una parte el SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACION PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION-SENCICO, GERENCIA ZONAL TRUJILLO, con R.U.C. Nº ………………….., con domicilio legal en la Calle Carlos Monge N° 292 Urb. Chimu; debidamente representado por el Gerente Zonal ………………………………………………………………., identificado con D.N.I. Nº ……………………, a quien en adelante se le denominará EL SENCICO; y por la otra parte, la empresa, con R.U.C. Nº ………………………………, con domicilio legal en …………………………………………………………………, representada por ………………………..., identificado con D.N.I. Nº …………………………….., a la que en adelante se denominará EL CONTRATISTA. Ambas partes se reconocen la capacidad necesaria para este acto y resuelven libre y espontáneamente celebrar este contrato en los términos y condiciones que a continuación se enuncian: CLÁUSULA PRIMERA.- ANTECEDENTES El presente contrato es la expresión del Otorgamiento de la Buena Pro de la Adjudicación Menor Cuantía por Subasta Inversa Electrónica Nº 003-2008-SENCICO-16.00, convocado para el Suministro de Gasolina de 90 octanos, para el abastecimiento a la unidad móvil asignada a la Gerencia Zonal Trujillo, por el período de 12 meses y que ha adoptado el sistema de precios unitarios. CLÁUSULA SEGUNDA.- OBJETO DEL CONTRATO El objeto del presente contrato, es el Suministro de Gasolina de 90 octanos para abastecer a la camionetas de SENCICO PLACA PGD-438 –PGM – 398, según detalle de la Entrega del suministro que en Anexo se adjunta al presente; el mismo que debe reunir las condiciones establecidas en la Propuesta Técnica y Económica de EL CONTRATISTA, que forma parte integrante del presente documento.

El presente contrato está conformado por el documento que lo contiene, las Bases integradas y la oferta ganadora de EL CONTRATISTA, así como los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes y que son expresamente señalados en el presente documento. Asimismo, la Gasolina de 90 oct. y cantidad promedio requerido mensual por EL SENCICO, será conforme a requerimientos a través de vales que presente el Área de Logística debidamente autorizados. EL CONTRATISTA realizara las entregas en el plazo, lugar, forma y según las condiciones básicas de cumplimiento contractual establecidas en el numeral 8 de las Bases de la Adjudicación Menor Cuantía por Subasta Inversa Electrónica Nº 003-2008-SENCICO-16.00 CLÁUSULA TERCERA.-MONTO DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO Del Monto del Contrato: EL SENCICO abonará a EL CONTRATISTA, como contraprestación del Suministro de Gasolina de 90 octanos, la suma de S/……………………. (……………………………………………………………………… y 00/100 Nuevos Soles), por galones de combustible; incluido todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda incidir sobre el valor de los bienes a adquirir. Los precios unitarios ofertados son: por galón. De la Forma de Pago: El pago se realizará en forma Mensual, de acuerdo a las entregas semanales que realizará el contratista, previa conformidad otorgada por el Área de Logística de la Gerencia Zonal Trujillo en coordinación con la

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Oficina de Administración, quienes deberán emitir la misma en un plazo que no excederá de los diez (10) días de ser los bienes recibidos, a fin de permitir que el pago se realice dentro de los diez (10) días siguientes.

El pago se efectuará deduciéndose si fuera el caso, los descuentos por penalidades por mora o sanciones por incumplimiento.

EL CONTRATISTA deberá facturar a nombre del SENCICO, los mismos que serán presentados con todos los requisitos exigidos por la SUNAT.

SENCICO no otorgará adelanto alguno.

A solicitud por escrito de cualquiera de las partes, los precios unitarios del presente instrumento contractual podrán ser reajustados de acuerdo a la variación promedio mensual del precio planta/productora del combustible, en el caso de incremento o disminución se establecerá desde el momento del último reajuste.

La presente variación se materializará mediante comunicación escrita de EL CONTRATISTA a EL SENCICO durante toda la ejecución del contrato.

Dicho reajuste no podrá exceder el Índice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional que establece el Instituto Nacional de Estadística e Informática.

IMPORTANTE: EL SENCICO , se reserva el derecho de realizar prestaciones adicionales y/o reducción de los mismos en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el D.S. Nº 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM. CLÁUSULA CUARTA.-DEL PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El plazo de ejecución del presente contrato es de 12 (doce meses, contados desde el día siguiente de suscrito el presente contrato o hasta que se alcance el monto descrito en la Cláusula Tercera del presente contrato; lo que suceda primero. CLÁUSULA QUINTA.-CONFORMIDAD La conformidad para el Suministro de Gasolina de 90 octanos, que indique EL SENCICO se regula por lo dispuesto en el artículo 233º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, verificándose la calidad, cantidad y cumplimiento de las condiciones establecidas en el presente contrato y los documentos que lo conforman. La conformidad será extendida por el Área de Logística de la Gerencia Zonal Trujillo, en lo que les competa, encargándose de supervisar el cumplimiento del presente contrato. CLÁUSULA SEXTA.- DE LA GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO

Asimismo (de ser el caso), entrega una Garantía Adicional por el monto diferencial de la propuesta, de acuerdo al siguiente detalle:

El texto de las garantías en copia forman parte del presente contrato y los originales estarán bajo custodia en la Unidad de Tesorería de EL SENCICO. Asimismo, cumple con entregar la Constancia de no estar Inhabilitado para contratar con el Estado expedida por el CONSUCODE. CLÁUSULA SÉTIMA.-DE LAS OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE EL CONTRATISTA Por el presente EL CONTRATISTA declara bajo juramento, que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente instrumento contractual, bajo sanción de quedar Inhabilitado para Contratar con el Estado en caso de incumplimiento. 1. EL CONTRATISTA tiene la responsabilidad total sobre la ejecución y el cumplimiento del presente

contrato, de acuerdo a las condiciones que le dieron origen, no pudiendo ceder o transferir total o parcialmente las obligaciones que son materia de la misma.

2. Se obliga a cumplir con toda fidelidad y exactitud: a) Las características cualitativas y cuantitativas, descritas en el presente contrato y/o la que EL

SENCICO requiera, de conformidad con el artículo 50° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

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b) Las condiciones del presente contrato, comprometiéndose expresamente a no alterarlas, modificarlas ni sustituirlas durante la vigencia y ejecución del presente documento, sin autorización escrita de EL SENCICO

c) EL CONTRATISTA es responsable por la calidad del combustible dotado, de ser el caso, por vicios ocultos detectados en la fecha o en forma posterior a la dotación del combustible.

d) EL SENCICO verificará la pureza mediante pruebas de rigor, las mismas que serán por cuenta, costo y riesgo de EL CONTRATISTA, en un número no mayor a dos (02). Cualquier anomalía y/o adulteración de los mismos será causal de resolución de contrato.

EL CONTRATISTA se obliga a dotar combustible para EL SENCICO, en las siguientes estaciones, en los días y horarios que se consignan a continuación: Del Lugar de la Estación de Servicios: De los Días y Horarios: Los días para la dotación del combustible, será de Lunes a Domingo, incluyendo feriados y durante las 24 horas del día. EL CONTRATISTA otorgará beneficios gratuitos a EL SENCICO, que como mejoras fueron descritas en la respectiva Propuesta Técnica y Económica, tales como: EL CONTRATISTA se obliga a remitir a más tardar los días 15 de cada mes, los vales a ser utilizados durante el siguiente mes, el mismo que será previa comunicación de EL SENCICO, a través de la Unidad Logística de la Gerencia Zonal Trujillo Emitir en forma semanal un listado respecto al suministro de combustible, debidamente visado y sellados, los mismos que dan fe al suministro efectivamente prestados a EL SENCICO, conteniendo los siguientes campos (información):

Tipo de combustible o lubricante (TIPO) Fecha de suministro (FECHA) Horario de suministro (HORA) Cantidad de combustible (CANT.) Cantidad adicional autorizada de combustible, de ser el caso (ADIC.) Nº de transacción (TRANS)

Son de entera obligación de EL CONTRATISTA aquellas establecidas en las Bases de la Adjudicación Menor Cuantía por Subasta Inversa Electrónica Nº 003-2008-SENCICO-16.00 y en su Propuesta Técnica y Económica evaluada. CLÁUSULA OCTAVA.-ATRIBUCIONES, OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDAD DE EL SENCICO Son atribuciones, obligaciones y en su caso, responsabilidad de EL SENCICO, las siguientes: 8.1 Proporcionar a EL CONTRATISTA las facilidades que las circunstancias ameritan y toda información

disponible que se requiera para una correcta entrega de los bienes adquiridos. 8.2 Efectuar el pago oportuno de acuerdo a la Cláusula Tercera, sometiéndose al procedimiento legal

establecido en caso de incumplimiento. 8.3 EL SENCICO para el seguimiento del cabal cumplimiento de la ejecución del presente contrato, así

como para ejercer una permanente supervisión y evaluación del cumplimiento del contrato, de conformidad con el artículo 48° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, designa al Área de Logística de la Zonal Trujillo para efectuar las coordinaciones con respecto a la supervisión, control y para la conformidad de los bienes brindados por EL CONTRATISTA.

8.4 EL SENCICO a través del Área de Logística, ejercerá las acciones que devengan del incumplimiento del presente contrato por parte de EL CONTRATISTA, previo informe que será remitido oportunamente por el Área de Administración. Asimismo, el Área de Logística es el órgano encargado de tramitar el pago en coordinación con las referidas áreas, en lo que respecta a la conformidad correspondiente.

8.5 EL SENCICO podrá efectuar, por cuenta propia, exámenes adicionales a los referidos en el presente instrumento contractual, por cualquier anomalía que se detecte, y si en el caso se detectara algún

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agravio para el SENCICO, EL SENCICO ejercerá contra EL CONTRATISTA además de las penalidades conforme a Ley, los gastos administrativos y facturas correspondientes proveniente de las mismas, las que se deducirán de su facturación del mes correspondiente, sin perjuicio de las acciones legales pertinentes.

CLÁUSULA NOVENA.-DE LAS PENALIDADES EL CONTRATISTA se obliga a asumir las penalidades previstas en el artículo 222° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. CLÁUSULA DÉCIMA.-CAUSALES DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Se realizará de conformidad con el artículo 225° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. CLÁUSULA DÉCIMO PRIMERA.-RESOLUCIÓN DE CONTRATO Se formalizará de conformidad con el artículo 224º y 226° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. CLÁUSULA DÉCIMO SEGUNDA.-SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Las controversias que surjan entre las partes, desde la suscripción del contrato, sobre su ejecución, interpretación, resolución, inexistencia, ineficacia o invalidez, se resolverán mediante conciliación, de acuerdo a la Ley de la materia, debiendo solicitarse el inicio de este procedimiento en cualquier momento anterior a la culminación del contrato. Este plazo es de caducidad.

Si la conciliación concluye con un acuerdo parcial o sin acuerdo, se deberá someter a arbitraje las diferencias no resueltas, de acuerdo a lo señalado en la Ley de la materia.

El arbitraje será de derecho, organizado y administrado por un Centro de Análisis y Resolución de Conflictos reconocido, de conformidad con sus reglamentos vigentes, a los cuales las partes se someten libremente, señalando que el Laudo que se emita en el proceso arbitral será inapelable y definitivo. CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA.-DE LA RESPONSABILIDAD POR DAÑOS EL CONTRATISTA queda obligado a resarcir por los daños que cause su personal, así como por los daños que pueda ocasionar a terceros por las pérdidas y/o sustracciones de bienes en la realización de sus actos, siempre que la responsabilidad de estas sea establecida por la Autoridad competente, igualmente responderá ante EL SENCICO por los daños y perjuicios causados por su personal por actos de dolo o culpa irresponsable en la prestación del servicio. CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA.- DEL PERSONAL DE EL CONTRATISTA Las partes de mutuo acuerdo, dejan clara y expresa constancia que el presente contrato es de naturaleza civil y que no existe ninguna relación laboral ni obligación alguna entre EL SENCICO y el personal que labora para EL CONTRATISTA, quedando entendido que el personal de EL CONTRATISTA, realizará sus actividades por cuenta, costo, riesgo, dirección y responsabilidad del mismo. CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA.-CONDICIONES FINALES En todo lo que no esté previsto en el presente contrato regirán las disposiciones del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (aprobado por el D.S. N° 083-2004-PCM) y su Reglamento (aprobado por el D.S. Nº 084-2004-PCM) y demás disposiciones ampliatorias, modificatorias y conexas de estas normas y de las que se dicten y supletoriamente las normas del Código Civil.

En señal de conformidad, ambas partes firman el presente contrato en dos (02) ejemplares de igual tenor y valor, quedando uno (01) en poder de EL SENCICO y uno (01) en poder de EL CONTRATISTA, en la ciudad de Trujillo , a los del mes de del año 2008. ___________________________ _________________________ POR EL SENCICO EL CONTRATISTA

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ANEXO Nº 05 : GUIA DE USUARIO PROVEEDOR POR SUBASTA INVERSA ELECTRONICA

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PRESENTACIÓN

La presente guía tiene por finalidad orientar a los proveedores en el uso del módulo transaccional del

SEACE en lo que respecta a los procesos de selección bajo la modalidad Subasta Inversa Electrónica.

Esta modalidad de subasta inversa puede ser utilizada por las entidades públicas contratantes en los

procesos de adquisición de bienes y servicios, incluidos en el Listado de Bienes Comunes, mediante la

cual un proceso de selección es llevado a cabo íntegramente por Internet y en el que el postor

ganador será el que ofrezca el menor precio y cumpla con las condiciones establecidas en las bases.

ETAPAS DE LA SUBASTA INVERSA ELECTRONICA

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PASOS PARA PARTICIPAR EN UNA SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA

1.- El proveedor podrá acceder a la convocatoria de procesos de selección por Subasta Inversa Electrónica, a través de la opción Buscador de procesos de selección disponible en el SEACE.

2.- Con este buscador de procesos, el proveedor podrá revisar todos los procesos de selección electrónicos convocados bajo la modalidad de subasta inversa electrónica y ver los detalles del mismo con la opción correspondiente.

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3.- A continuación el sistema mostrará la ficha del proceso de selección, de tal manera que el proveedor pueda revisar oportunamente la información registrada en las bases del proceso. Si posteriormente desea o cree conveniente participar, entonces el proveedor deberá presionar la opción “Inscribirme en proceso electrónico” para registrarse como participante.

4.-En el siguiente paso el sistema le solicitará ingresar la siguiente información:

• Usuario y contraseña, otorgada por el Registro Nacional de Proveedores • Datos del voucher o comprobante con el que realizó el pago por el derecho de participación

(Banco, Número de Operación, Fecha de Operación, Monto). • Leer y aceptar los Términos y Condiciones de uso del Sistema.

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5. Luego que el proveedor se registre como participante, el sistema le mostrará la relación de ítems

convocados en el proceso seleccionado para que pueda seleccionar un ítem a la vez y de esta

manera el proveedor pueda presentar su propuesta técnica y económica asociado al ítem seleccionado.

6.-En el registro de propuestas técnicas y económicas de cada ítem, el sistema le solicitará adicionalmente al proveedor la configuración del Agente electrónico, mediante el cual el proveedor consigna información relacionada al decremento mínimo y el valor de la oferta límite inferior por el cual participará en el proceso de lance automático.

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REGISTRO DE PROPUESTAS

Para grabar su propuesta deberá presionar el botón “Grabar” y si desea eliminar una propuesta registrada deberá presionar la opción “Eliminar propuesta”. Si requiere revisar o presentar propuestas en otro ítem deberá presionar la opción “Lista de ítems”.

7.- Luego de completar todas las propuestas técnicas, la propuesta económica y los datos del agente electrónico por cada ítem, se deberá presionar el botón “Presentar Propuesta”.

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8.- El SEACE mostrará un formulario, con carácter de Declaración Jurada, que el participante deberá leer y dar conformidad a los términos que definen el uso del sistema. Posteriormente a la aceptación del usuario, se activará la opción: “Enviar Propuesta” de manera que los sobres electrónicos serán enviados y resguardados en la bóveda electrónica del sistema. No se permitirá visualizar dicha información hasta la fecha y hora que se indique en el calendario del proceso.

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APERTURA DE PROPUESTAS Y PERÍODO DE LANCES

9.-En fecha y hora indicadas en la Convocatoria para la Mejora de Precios, el participante deberá ingresar a la Ficha del Proceso (en el SEACE), donde visualizará y seleccionará la opción “Mejora de Precios”, de esta forma accederá a la “Zona de Lances” que presenta dos secciones: Sección de Lances y Sección de Mensajes

El participante podrá visualizar también los resultados de la etapa de Lances con Agentes Electrónicos

Sección de Lances: A continuación se describe cada columna de esta sección: • Número Ítem: muestra el número asignado al ítem en la Convocatoria. • Casilla de Selección: El Sistema permite filtrar una cantidad de ítems del total para que el

postor pueda visualizar según su conveniencia los ítems en los cuales participa. Para esto deberá marcar las casillas de selección de los ítems que requiera visualizar y hacer clic en el botón “Filtrar”. El postor puede volver a visualizar el total de ítems seleccionando el botón “Todos”.

• Indicador del Lance: Muestra un gráfico de diferente color dependiendo la relación de la última oferta del postor con el Lance ganador.

o Rojo: La última oferta del postor es mayor al Lance ganador por lo tanto, el postor esta perdiendo el Ítem.

o Amarillo: El postor tiene registrado el mejor lance, junto con al menos un postor más, por lo tanto el postor esta empatando el Ítem.

o Verde: El Postor ha registrado el mejor precio para el ítem. Por lo tanto esta ganando el ítem.

• Producto Nacional: Indica si el bien ha sido registrado como producto nacional. • MYPE: Indica si el postor se ha registrado como MYPE. • Descripción: Muestra la descripción del ítem. • Mi Último Lance (S/.): Muestra el último lance registrado del postor • Lance Ganador(S/.): Muestra el mejor precio registrado para el ítem respectivo. • Estado: Muestra el estado del Ítem, que puede ser Abierto ó Cerrado, dependiendo del

calendario del proceso y el momento en que se esta visualizando la pantalla. Mientras se muestre el estado “Abierto”, el Sistema acepta registrar nuevos lances. Si se muestra “Cerrado”, el

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Sistema no admite registrar más lances. • Lance (S/.): En este campo el postor deberá ingresar las cantidades de sus lances que mejoren

su último precio. • Botón “Enviar”: Al presionar este botón el postor realiza el envío del lance al Sistema.

• Botón “ ”: Este botón permite deshacer el último lance ofertado. Para Ofertar un lance el postor deberá escribir la cantidad que desea ofertar en el campo “Lance (S/.) y seleccionar “Enviar”; el Sistema mostrará una ventana, para que el postor confirme su oferta, en el caso el postor la confirme deberá seleccionar “Aceptar”, en caso contrario deberá seleccionar “Cancelar”. Si el postor registra una cantidad inferior al 50% de su actual lance, el Sistema, además de la ventana de confirmación de su oferta, le enviará un mensaje donde le advierte que su oferta es inferior al 50% de su actual lance.

Si el postor ha registrado un lance en el ítem, el Sistema activa el botón “ ” al costado del botón “Enviar”, el cual permitirá al postor deshacer el último lance ofertado.

Sección de Mensajes Esta sección muestra el detalle de los eventos ocurridos durante la Mejora de Precios que el postor debe conocer, a continuación se describe cada columna de esta sección: Nro: Indica el número del mensaje. Origen del Mensaje: Muestra si la ocurrencia fue originada por un postor o por el Sistema. Fecha y Hora: Muestra el momento en que se produjo la ocurrencia que originó el mensaje. Descripción de la Ocurrencia: muestra el detalle de la ocurrencia, por ejemplo: el momento en que se inicia la etapa de Mejora de Precios, el inicio del cierre aleatorio, entre otros.

10. -Cinco (5) minutos antes de finalizar la Mejora de Precios, el Sistema enviará un mensaje indicando el inicio del cierre aleatorio cuya duración puede variar en forma aleatoria de 1 a 30 minutos, tiempo durante el cual los postores podrán enviar sus últimos lances.

11.-Concluido el cierre aleatorio, el Sistema por ítem: • ordenará a los postores según su último lance , • asignará cien (100) puntos al postor con el menor precio, y a los demás asignará un puntaje

inversamente proporcional, • establecerá el orden de prelación de los postores en función del puntaje obtenido • asignará la bonificación especial establecida por la Ley de Promoción del Desarrollo Productivo

Nacional y normas complementarias, al puntaje obtenido por los postores que oferten un bien declarado como producto nacional,

• reordenará la prelación de los postores, de ser el caso. • Reemplazará a la columna “LANCE” por “RESULTADO FINAL” la cual mostrará el orden

final de prelación del postor por cada ítem en el que participó.

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De existir empate, el Sistema dará prioridad al postor que esté registrado como MYPE. En caso persistiera el empate, el Sistema realizará un sorteo automático. Al final del proceso, el postor podrá visualizar el detalle de los lances automáticos

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realizados con los Agentes electrónicos, así como los detalles de los lances manuales realizados en la etapa de Mejora de precios, seleccionando en el botón “Ver Acta Final del Proceso”