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| República de Colombia Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA – RESOLUCIÓN N° 02070 ( 19 de noviembre de 2018 ) “Por la cual se expide una Certificación de Beneficio Ambiental por Nuevas Inversiones en Proyectos de Fuentes No Convencionales de Energías Renovables - FNCER y Gestión Eficiente de la Energía, para la exclusión del Impuesto Sobre las Ventas – IVA de la sociedad INSUMMA BUSINESS GROUP FARMAVICOLA S.A, y se toman otras determinaciones” EL DIRECTOR GENERAL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA En uso de sus facultades legales conferidas en las Leyes 99 de 1993, 697 del 2001 y 1715 de 2014, el Decreto Ley 3573 de 2011, los Decretos 1073 de 2015 y 2143 de 2015, la Resolución 1419 del 2015 y las Resoluciones 1283 de 2016, modificada por la Resolución 1303 del 13 de julio de 2018 y 1690 de 2018, y CONSIDERANDO: Que mediante escrito radicado número 2018134052-1-000 del 26 de septiembre de 2018, la empresa INSUMMA BUSINESS GROUP FARMAVICOLA S.A, con NIT. 804.010.612-7, presento solicitud de Certificación de Beneficio Ambiental por Nuevas Inversiones en Proyectos de Fuentes No Convencionales de Energías Renovables - FNCER y Gestión Eficiente de la Energía, para la exclusión del Impuesto Sobre las Ventas - IVA, aplicable a la adquisición de elementos y equipos necesarios para la ejecución del proyecto: GENERACION ON GRID PLANTA METALMECANICA”, a desarrollarse en el municipio de Girón en el departamento de Santander. Que la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA, efectuó la revisión de la documentación allegada por los solicitantes y ordeno mediante Auto No. 05963 del 01 de octubre de 2018, iniciar trámite administrativo ambiental de Certificación de Beneficio Ambiental por Nuevas Inversiones en Proyectos de Fuentes No Convencionales de Energías Renovables - FNCER y Gestión Eficiente de la Energía, para la exclusión del Impuesto Sobre las Ventas - IVA, de que trata la Ley 1715 de 2014 y la Resolución 1283 de 2016, modificada parcialmente por la Resolución 1303 de 2018, el cual se notificó a la empresa INSUMMA BUSINESS GROUP FARMAVICOLA S.A el día 19 de octubre de 2018, y a su vez se comunicó a la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga-CDMB, y a la UNIDAD DE PLANEACION MINERO ENERGETICA UPME. Que el Auto No. 05963 del 01 de octubre de 2018, en cumplimiento del artículo 70 de la Ley 99 de 1993 1 , fue publicado en la Gaceta de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA el día 23 de octubre de 2018. 1 Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA y se dictan otras disposiciones”.

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República de ColombiaMinisterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA –

RESOLUCIÓN N° 02070( 19 de noviembre de 2018 )

“Por la cual se expide una Certificación de Beneficio Ambiental por Nuevas Inversiones en Proyectos de Fuentes No Convencionales de Energías Renovables - FNCER y Gestión

Eficiente de la Energía, para la exclusión del Impuesto Sobre las Ventas – IVA de la sociedad INSUMMA BUSINESS GROUP FARMAVICOLA S.A, y se toman otras

determinaciones”

EL DIRECTOR GENERAL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA

En uso de sus facultades legales conferidas en las Leyes 99 de 1993, 697 del 2001 y 1715 de 2014, el Decreto Ley 3573 de 2011, los Decretos 1073 de 2015 y 2143 de 2015,

la Resolución 1419 del 2015 y las Resoluciones 1283 de 2016, modificada por la Resolución 1303 del 13 de julio de 2018 y 1690 de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que mediante escrito radicado número 2018134052-1-000 del 26 de septiembre de 2018, la empresa INSUMMA BUSINESS GROUP FARMAVICOLA S.A, con NIT. 804.010.612-7, presento solicitud de Certificación de Beneficio Ambiental por Nuevas Inversiones en Proyectos de Fuentes No Convencionales de Energías Renovables - FNCER y Gestión Eficiente de la Energía, para la exclusión del Impuesto Sobre las Ventas - IVA, aplicable a la adquisición de elementos y equipos necesarios para la ejecución del proyecto: “GENERACION ON GRID PLANTA METALMECANICA”, a desarrollarse en el municipio de Girón en el departamento de Santander.

Que la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA, efectuó la revisión de la documentación allegada por los solicitantes y ordeno mediante Auto No. 05963 del 01 de octubre de 2018, iniciar trámite administrativo ambiental de Certificación de Beneficio Ambiental por Nuevas Inversiones en Proyectos de Fuentes No Convencionales de Energías Renovables - FNCER y Gestión Eficiente de la Energía, para la exclusión del Impuesto Sobre las Ventas - IVA, de que trata la Ley 1715 de 2014 y la Resolución 1283 de 2016, modificada parcialmente por la Resolución 1303 de 2018, el cual se notificó a la empresa INSUMMA BUSINESS GROUP FARMAVICOLA S.A el día 19 de octubre de 2018, y a su vez se comunicó a la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga-CDMB, y a la UNIDAD DE PLANEACION MINERO ENERGETICA UPME. Que el Auto No. 05963 del 01 de octubre de 2018, en cumplimiento del artículo 70 de la Ley 99 de 19931, fue publicado en la Gaceta de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA el día 23 de octubre de 2018.

1 Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA y se dictan otras disposiciones”.

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Resolución No. 02070 Del 19 de noviembre de 2018 Hoja No. 2 de 10

“Por la cual se expide una Certificación de Beneficio Ambiental por Nuevas Inversiones en Proyectos de Fuentes No Convencionales de Energías Renovables - FNCER y Gestión

Eficiente de la Energía, para la exclusión del Impuesto Sobre las Ventas – IVA de la sociedad INSUMMA BUSINESS GROUP FARMAVICOLA S.A, y se toman otras

determinaciones”

Que una vez valorada la documentación aportada por los peticionarios, el Equipo Técnico de esta Subdirección, emitió el Concepto Técnico 06450 del 25 de octubre de 2018, el cual hace parte integral del presente acto administrativo señalando entre otros cosas lo siguiente:

“(…)

3. ANÁLISIS TÉCNICO

De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 1715 de 2014, para acceder al beneficio tributario de Exclusión de IVA, los equipos, elementos y servicios deben cumplir con el requisito de estar destinados a por lo menos uno de los siguientes fines:

• La preinversión e inversión, para la producción y utilización de energía a partir de Fuentes No Convencionales. • La medición y evaluación de los potenciales recursos.

Adicionalmente, los equipos, elementos, maquinaria y servicios deben estar incluidos en la lista expedida por la UPME.

Una vez revisada la información allegada por los solicitantes, se encuentra lo siguiente:

3.1 Los elementos y equipos objeto de la presente solicitud, se destinarán al proyecto denominado “PROYECTO DE GENERACION FOTOVOLTAICA ON GRID PLANTA METALMECANICA”, ubicado en las instalaciones de la empresa INSUMA BUSINESS GROUP FARMAVICOLA S.A ubicadas Carrera 14 N° 57 – 08 en el Km 7 vía Girón en el departamento de Santander. Dicho proyecto consiste en la implementación de un sistema de generación de energía eléctrica a partir de energía solar, el cual contará con un sistema de paneles que transforman la radiación solar en corriente continua para suplir en un 58,2% la demanda de energía de la red convencional.

3.2 El Proyecto Solar “PROYECTO DE GENERACION FOTOVOLTAICA ON GRID PLANTA METALMECANICA” tendrá una potencia total instalada de 13,58 kWp y con su operación se esperan generar aproximadamente 22.561 kWh/año de energía eléctrica.

3.3 Para el cálculo estimado de los beneficios ambientales, el solicitante utilizó el factor marginal de emisión de la Resolución UPME de 2015, igual a 0,1990 TonCO2/MWh; Sin embargo con el fin de que esta Autoridad pueda comparar los beneficios ambientales que se obtienen con los diferentes proyectos que certifica, usó para estimar las emisiones de CO2, el factor marginal de emisión de la Resolución UPME 804 de 2017, igual a 0,367 TonCO2/MWh; en consecuencia se procedió a hacer el respectivo cálculo obteniendo como resultado la siguiente cuantificación estimada del beneficio ambiental:

Kilogramos CO2/año que se evitarán con la nueva inversión: 8.279

3.4 La Unidad de Planeación Minero-Energética - UPME, conceptuó a través de la Certificación No. 20181540030611 del 26 de julio de 2018, que el proyecto “PROYECTO DE GENERACION FOTOVOLTAICA ON GRID PLANTA METALMECANICA” fue presentado ante el Comité de Evaluación, cumpliendo con los requisitos establecidos, por lo que se avala el proyecto, así como los elementos y equipos que lo componen. Una vez revisada la mencionada certificación, se encuentra que la misma avala el proyecto, los elementos y equipos listados en el formato 1 de la presente solicitud para acceder al incentivo tributario de exclusión de IVA y/o la exención de gravamen arancelario.

(…)”

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Resolución No. 02070 Del 19 de noviembre de 2018 Hoja No. 3 de 10

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Eficiente de la Energía, para la exclusión del Impuesto Sobre las Ventas – IVA de la sociedad INSUMMA BUSINESS GROUP FARMAVICOLA S.A, y se toman otras

determinaciones”

Que la citada solicitud fue sometida a estudio del Comité Evaluador de Beneficios Tributarios el día 29 de octubre de 2018 en sesión No. 114, resultado del cual se aprobó emitir la Certificación de Beneficio Ambiental por Nuevas Inversiones en Proyectos de Fuentes No Convencionales de Energías Renovables - FNCER y Gestión Eficiente de la Energía para la exclusión del Impuesto Sobre las Ventas – IVA, para las inversiones relacionadas en el artículo primero del presente acto administrativo.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Que los artículos 79 y 80 de la Constitución Política consagran el derecho colectivo a gozar de un ambiente sano y el deber del Estado de proteger la diversidad e integridad del ambiente, planificar el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales renovables a fin de garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución y prevenir los factores de deterioro ambiental.

Que mediante la Ley 1715 del 13 de mayo de 2014 se regula el marco legal y los instrumentos para la promoción, desarrollo y utilización de las fuentes no convencionales de energía (FNCE), en especial, la de carácter renovable (FNCER) y la gestión eficiente de la energía en el sistema energético nacional, mediante su integración en el mercado eléctrico.

Que el Capítulo III de la mencionada Ley, establece los incentivos e instrumentos para la generación y promoción de las energías no convencionales y la gestión eficiente de la energía.

Que el artículo 12 de la citada Ley, establece lo siguiente:

“Incentivo tributario IVA. Para fomentar el uso de la energía procedente de FNCE, los equipos, elementos, maquinaria y servicios nacionales o importados que se destinen a la preinversión e inversión, para la producción y utilización de energía a partir de las fuentes no convencionales, así como para la medición y evaluación de los potenciales recursos, quedarán excluidos de IVA.

Para tal efecto, el Ministerio de Medio Ambiente certificará los equipos y servicios excluidos del gravamen, con base en una lista expedida por la UPME.

Que el Decreto 2143 del 4 de noviembre de 2015 se definen los lineamientos para la aplicación de los incentivos establecidos en la Ley 1715 de 2014, adicionando el Capítulo 8 “Promoción, Desarrollo y Utilización de las Fuentes no convencionales de Energía – FNCE” al Título III de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1073 de 2015.

Que el Parágrafo 2° del artículo 2.2.3.8.3.1 del Decreto 2143 de 2015, señala que la Certificación de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA en la que se incluirán las cantidades y subpartidas arancelarias, será suficiente prueba para soportar la declaración de importación ante la DIAN, así como para solicitar la exclusión de IVA en las adquisiciones nacionales.

Que siendo las Fuentes No Convencionales de Energía Renovable las que favorecen el desarrollo sostenible y acorde con el literal d) del numeral 5° del artículo 6° de la Ley 1715 de 2014, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.3.8.6.1 del Decreto 2143 del 04 de noviembre de 2015, le corresponde al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible establecer el procedimiento y los requisitos para la expedición de la certificación de beneficios ambientales, para el otorgamiento de los beneficios tributarios en materia de

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Resolución No. 02070 Del 19 de noviembre de 2018 Hoja No. 4 de 10

“Por la cual se expide una Certificación de Beneficio Ambiental por Nuevas Inversiones en Proyectos de Fuentes No Convencionales de Energías Renovables - FNCER y Gestión

Eficiente de la Energía, para la exclusión del Impuesto Sobre las Ventas – IVA de la sociedad INSUMMA BUSINESS GROUP FARMAVICOLA S.A, y se toman otras

determinaciones”

exclusión del IVA, para nuevas inversiones en proyectos de FNCER, la cogeneración, autogeneración y la generación distribuida, así como por la gestión eficiente de la energía.

Que por otra parte, es preciso resaltar que en el procedimiento para la obtención la Certificación de beneficios tributarios de deducción sobre impuesto de renta y complementarios y exclusión de IVA, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales mediante la Resolución 1419 del 06 de noviembre de 2015 conformó el Comité Evaluador de Beneficios Tributarios con el objeto de analizar las solicitudes para recomendar o no el otorgamiento de la certificación de los beneficios tributarios en material ambiental.

Que según lo dispuesto en el inciso 2° de artículo 3° de la Resolución 1419 del 06 de noviembre de 2015 el Comité Evaluador de Beneficios Tributarios debe

“Emitir las recomendaciones referentes a la procedencia o improcedencia de la certificación (…) para firma del Director General de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales.”

Que en desarrollo de lo anterior, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible expidió la Resolución 1283 del 03 de agosto de 2016, modificada parcialmente por la Resolución 1303 del 13 de julio de 2018, con el fin de establecer el procedimiento y los requisitos para la expedición de la Certificación de Beneficios Ambientales por Nuevas Inversiones en Proyectos de Fuentes No Convencionales de Energías Renovables y Gestión Eficiente de Energía, con la cual se podrá acceder a los beneficios tributarios de que tratan los artículos 11, 12, 13 y 14 de la Ley 1715 de 2014

Que el artículo 8° de la citada Resolución, establece lo siguiente respecto a la veracidad de la información:

" (…)La información presentada por el solicitante en los términos establecidos en los artículos 4 al 6 de esta resolución, deberá ser veraz y fidedigna y se entiende presentada bajo la gravedad de juramento. El juramento se considerará prestado con la sola presentación de la solicitud. Cualquier fraude o falsedad, declarada por juez competente en la información suministrada a las autoridades, o la grave inexactitud de la misma, dará lugar al inicio de las acciones administrativas y penales a que haya lugar."

Que el artículo 9° de la Resolución en comento, modificado por el artículo 2º de la Resolución 1303 del 13 de julio de 2018, contempló el procedimiento para obtener la certificación de los beneficios tributarios de deducción especial sobre el Impuesto de Renta y Complementarios, y exclusión del IVA.

Que el Parágrafo 2° ibídem, establece que, con la certificación de beneficios ambientales para exclusión de IVA expedida por esta Autoridad y la certificación emitida por el Ministerio de Minas y Energía, a través de la UPME, las personas naturales o jurídicas podrán aplicar a la exención del pago de los Derechos Arancelarios de Importación de maquinaria, equipos, materiales e insumos destinados exclusivamente para labores de preinversión y de inversión de proyectos con FNCER.

Que a su vez, el Parágrafo 3° del citado artículo 9°, señala que una vez expedida la certificación por parte de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, ésta enviará copia a la Subdirección de Fiscalización Tributaria o a la dependencia que haga sus veces de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, y a la Unidad de Planeación Minero Energética - UPME.

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Resolución No. 02070 Del 19 de noviembre de 2018 Hoja No. 5 de 10

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Eficiente de la Energía, para la exclusión del Impuesto Sobre las Ventas – IVA de la sociedad INSUMMA BUSINESS GROUP FARMAVICOLA S.A, y se toman otras

determinaciones”

Que el artículo 11° de la Resolución 1283 del 03 de agosto de 2016 modificada por la Resolución 1303 del 13 de julio de 2018, establece lo siguiente respecto de la vigencia de la certificación:

“(…) Artículo 11. Vigencia de la certificación. Las certificaciones expedidas por la ANLA tendrán vigencia de un (1) año contado a partir de su ejecutoria”.

Que cabe destacar que las inversiones relacionadas en el artículo primero del presente acto administrativo, se destinarán a la implementación del proyecto denominado “PROYECTO DE GENERACION FOTOVOLTAICA ON GRID PLANTA METALMECANICA”, a realizarse en las instalaciones de la empresa INSUMA BUSINESS GROUP FARMAVICOLA S.A ubicada en el km 7 Vía Girón 16 -136 LA ESMERALDA, en el departamento de Santander. Dicho proyecto consiste en la instalación de un sistema de generación de energía eléctrica a partir de energía solar, el cual contará con un sistema de paneles que transforman la radiación solar en corriente continua para suplir en un 58,2% la demanda de energía de la red convencional.

Es preciso indicar que el proyecto en mención tendrá una capacidad de 13,58 kWp de potencia para autogeneración de electricidad, y con su operación se esperan generar 22.561 kWh/año aproximadamente con lo que se estima que se evitará la emisión de 8.279 KgCO2/año, para lo cual se tuvo en cuenta el factor marginal de emisión de GEI establecido en la Resolución UPME 804 de 2017, de 0,367 Ton CO2e/MWh.

Que efectuadas las anteriores consideraciones, acogiendo el Concepto Técnico 06450 del 25 de octubre de 2018, emitido por la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la ANLA , así como la recomendación del Comité Evaluador de Beneficios Tributarios en sesión No. 114 del 29 de octubre de 2018, esta Autoridad considera que es viable certificar que son acreditables las inversiones que se relacionaran en el artículo primero del presente acto administrativo, por ser Nuevas Inversiones en Proyectos de Fuentes No Convencionales de Energías Renovables - FNCER y Gestión Eficiente de la Energía, para la exclusión del Impuesto Sobre las Ventas - IVA, conforme lo establece la Ley 1715 de 2014, reglamentada por el Decreto 2143 de 2015 y la Resolución 1283 de 2016, modificada por la Resolución 1303 del 2018. Lo anterior, teniendo en cuenta que las mismas son necesarias para la ejecución del proyecto denominado “PROYECTO DE GENERACION FOTOVOLTAICA ON GRID PLANTA METALMECANICA”, a realizarse en las instalaciones de la empresa INSUMA BUSINESS GROUP FARMAVICOLA S.A.

Lo anterior, teniendo en cuenta que el mismo corresponde a Nuevas Inversiones en Proyectos de Fuentes No Convencionales de Energías Renovables- FNCER y Gestión Eficiente de la Energía, para la exclusión del Impuesto Sobre las Ventas – IVA, conforme lo establece la Ley 1715 de 2014, reglamentada por el Decreto 2143 de 2015 y la Resolución 1283 de 2016 modificada por la Resolución 1303 del 13 de julio de 2018.

Que es importante precisar que, de conformidad con el artículo 74 de la Ley 1437 de 2011, el cual determina que “Por regla general, contra los actos definitivos procederán los siguientes recursos: 1. El de reposición, ante quien expidió la decisión para que la aclare, modifique, adicione o revoque…”, resulta conducente disponer la procedencia del recurso de reposición contra el presente proveído, toda vez que la decisión que se está adoptando impide que se continúe con la actuación administrativa, convirtiéndose en un acto administrativo que ostenta la condición de definitivo, toda vez que pone término al asunto objeto de estudio o pone fin al proceso administrativo.

Que mediante el Decreto Ley 3573 de 2011 se creó la Autoridad Nacional de Licencias

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Eficiente de la Energía, para la exclusión del Impuesto Sobre las Ventas – IVA de la sociedad INSUMMA BUSINESS GROUP FARMAVICOLA S.A, y se toman otras

determinaciones”

Ambientales – ANLA, encargada de que los proyectos, obras o actividades sujetos de licenciamiento, permiso o trámite ambiental cumplan con la normativa ambiental, de tal manera que contribuyan al desarrollo sostenible ambiental del país.

Que en el artículo 3° del Decreto Ley 3573 del 2011 se establecen dentro de las funciones de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, la de otorgar o negar las licencias, permisos y trámites ambientales de competencia del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, de conformidad con la ley y los reglamentos.

Que en el numeral 2° del artículo 10 del citado Decreto, se establece dentro de las funciones del Despacho del Director General de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, la de otorgar o negar las licencias, permisos y trámites ambientales.

Que mediante Resolución 1690 del 06 de septiembre de 2018 el Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible nombró al doctor RODRIGO SUÁREZ CASTAÑO, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.870.933, en el empleo de Director General de Unidad Administrativa, Código 0015, empleo de libre nombramiento y remoción de la planta de personal de la Autoridad Nacional de Licencias ambientales-ANLA.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. Certificar que son acreditables para la exclusión del Impuesto Sobre las Ventas - IVA conforme al artículo 12 de la Ley 1715 de 2014 los elementos y equipos necesarios para la implementación del proyecto fotovoltaico denominado PROYECTO DE GENERACION FOTOVOLTAICA ON GRID PLANTA METALMECANICA”, a realizarse en las instalaciones de la empresa INSUMA BUSINESS GROUP FARMAVICOLA S.A ubicada en el km 7 Vía Girón 16 -136 LA ESMERALDA, y con el que se obtendrá como beneficio ambiental la prevención de emisión atmosféricas de 8.279 KgCO2/año; conforme a la petición de certificación ambiental presentada por la sociedad INSUMMA BUSINESS GROUP FARMAVICOLA S.A, con NIT 804.010.612-7; y de acuerdo con la siguiente descripción:

ELEMENTOS Y EQUIPOS

ELEMENTOEQUIPO

MAQUINARIASUBPARTIDA

ARANCELARIA CANTIDAD MARCA MODELOREFERENCIA

FABRICANTEPROVEEDOR

PROVEEDORVENDEDOR FUNCIÓN

Panel Fotovoltaico Silicio Policristalino 8541.40.10.00 51

(Unidades) RISEN RSM72-6-330P RISEN RENOVIGI

Debido a la energía solar o irradiancia y al EFECTO FOTOVOLTAICO es el encargado de producir energía en corriente continua (DC)

Inversores Grid tie 5 KW 8504.40.90.00 3 (Unidades) BB&MOSO SF 5000 TL BB&MOSO RENOVIGI

Es el encargado de convertir un voltaje de entrada de corriente continua, a un voltaje de

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Resolución No. 02070 Del 19 de noviembre de 2018 Hoja No. 7 de 10

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Eficiente de la Energía, para la exclusión del Impuesto Sobre las Ventas – IVA de la sociedad INSUMMA BUSINESS GROUP FARMAVICOLA S.A, y se toman otras

determinaciones”

ELEMENTOEQUIPO

MAQUINARIASUBPARTIDA

ARANCELARIA CANTIDAD MARCA MODELOREFERENCIA

FABRICANTEPROVEEDOR

PROVEEDORVENDEDOR FUNCIÓN

salida de corriente alterna, con la magnitud y frecuencias deseadas.

DSP DC 3 polos 1200 VDC/ 20-40KA 8535.40.20.00 7 (Unidades) SUNTREE SUP2-PV SUNTREE RENOVIGI

Suprimir picos de generados por una descargar eléctrica en el sistema en corriente continua o por una descarga de un rayo, toda esta descaraga se es dirigida hacia una puesta tierra.

Disyuntor DC 2 Polos 800 VDC/16

A8535.21.00.00 7 (Unidades) SUNTREE SL7-63 PV DC SUNTREE RENOVIGI

Debe ser capaz de abrir o interrumpir circuito eléctrico cuando circula una corriente alta o si se ha producido un corto circuito en corriente continua.

DSP AC 3 polos 385 VAC/20-40KA 8535.40.20.00 4 (Unidades) SUNTREE SUP1-40-

SPD/AC SUNTREE RENOVIGI

Suprimir picos de generados por una descargar eléctrica en el sistema en corriente alterna o por una descarga de un rayo, toda esta descaraga se es dirigida hacia una puesta tierra.

Disyuntor AC 2 Polos 275 VAC/32

A8535.21.00.00 3 (Unidades) SUNTREE SL7-63N MCB SUNTREE RENOVIGI

Debe ser capaz de abrir o interrumpir circuito eléctrico cuando circula una corriente alta o si se ha producido un corto circuito en corriente alterna.

Conectores para cable solar (Macho -

Hembra) 8536.90.10.00 60

(Unidades) SUNTREE

SMC4 - CMMM - 12

SUNTREE RENOVIGI

Dispositivo el cual se encarga de unir los paneles ya sea para una conexión

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Eficiente de la Energía, para la exclusión del Impuesto Sobre las Ventas – IVA de la sociedad INSUMMA BUSINESS GROUP FARMAVICOLA S.A, y se toman otras

determinaciones”

ELEMENTOEQUIPO

MAQUINARIASUBPARTIDA

ARANCELARIA CANTIDAD MARCA MODELOREFERENCIA

FABRICANTEPROVEEDOR

PROVEEDORVENDEDOR FUNCIÓN

SMC4 - CFPM - 12

serie o paralelo, también permite circular el paso de corriente hacia el inversor para su alimentación

Solar Cable Rojo 4mm2 8544.60.10.00 300 (Metros) SUNTREE PV-1x4.0 mm² SUNTREE RENOVIGI

Solar Cable Negro 4 mm2 8544.60.10.00 450 (Metros) SUNTREE PV-1x4.0 mm² SUNTREE RENOVIGI

Son los encargados de trasportar la corriente desde los puntos de generación (Módulos FV) hasta el Inversor.

Barras Riel De Aluminio 2,22 m 7604.10.20.00 54

(Unidades) ART SIGN AS-DR-01A ART SIGN RENOVIGI

Es la encargada de soportar todo el grupo de paneles ya sea en serie o en paralelo.

Kit Click Lateral 40 mm 4 Piezas 7616.10.00.00 9 (Unidades) ART SIGN AS-DMC ART SIGN RENOVIGI

Es el encargado de sujetar a la barra riel al iniciar el grupo paneles y al terminar el grupo paneles

Kit Click Intermedio 4 Piezas 7616.10.00.00 26

(Unidades) ART SIGN AS-DEC ART SIGN RENOVIGI

Es el encargado de sujetar a la barra riel dos paneles que se van unir entre si mismo.

Kit Pieza De Conexión 4 piezas 7616.10.00.00 15

(Unidades) ART SIGN AS-DRS-01 ART SIGN RENOVIGI

Es el encargado de unir dos o más barra riel dependiendo el número de paneles a instalar

Kit Soporte Teja Metálica 4 piezas 7616.10.00.00 29

(Unidades) ART SIGN AS-RH-19 ART SIGN RENOVIGI

Es el encargado de unir la barra riel a la teja metálica con el fin de darle más estabilidad y equilibrio al grupo de paneles

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Resolución No. 02070 Del 19 de noviembre de 2018 Hoja No. 9 de 10

“Por la cual se expide una Certificación de Beneficio Ambiental por Nuevas Inversiones en Proyectos de Fuentes No Convencionales de Energías Renovables - FNCER y Gestión

Eficiente de la Energía, para la exclusión del Impuesto Sobre las Ventas – IVA de la sociedad INSUMMA BUSINESS GROUP FARMAVICOLA S.A, y se toman otras

determinaciones”

PARÁGRAFO PRIMERO. El presente acto administrativo se expide única y exclusivamente para acreditar que los elementos y equipos relacionados en el presente artículo, corresponden a Nuevas Inversiones en Proyectos de Fuentes No Convencionales de Energías Renovables - FNCER, dando cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 12 de la Ley 1715 de 2014, el Decreto 2143 de 2015 y la Resolución 1283 de 2016 modificada por la Resolución 1303 del 13 de julio de 2018, y sin perjuicio de la responsabilidad que asume el beneficiario por la veracidad de la información presentada, a la luz de lo consagrado en el artículo 8° de la Resolución 1283 de 2016 modificada por la Resolución 1303 de 2018.

PARÁGRAFO SEGUNDO. El término de vigencia del presente acto administrativo es de un (1) año, contado a partir de su ejecutoria; sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones tributarias contempladas en las normas que regulan la materia.

ARTÍCULO SEGUNDO: En caso de requerir la modificación de la subpartida arancelaria, marca, modelo o referencia, fabricante/proveedor proveedor/vendedor, de los elementos y equipos relacionados en el artículo primero del presente acto administrativo, la sociedad INSUMMA BUSINESS GROUP FARMAVICOLA S.A, deberá presentar la respectiva solicitud debidamente motivada, junto con el formato 1 anexo a la Resolución 1283 de 2016, modificada por la Resolución 1303 de 2018, en medio magnético no protegido, dentro de los seis (6) meses siguientes, contados a partir de la ejecutoria de esta Certificación; lo anterior, conforme al artículo 3º de la Resolución 1303 de 2018.

PARÁGRAFO PRIMERO. Para efectos de dar trámite a la solicitud de modificación descrita en el artículo en mención, se deberá anexar el respectivo concepto técnico emitido por la Unidad de Planeación Minero-Energética -UPME en el cual se acepten los cambios en la marca, modelo o referencia y fabricante.

PARÁGRAFO SEGUNDO. En el evento en que la modificación de la Certificación verse sobre aspectos diferentes a los enunciados en el artículo precedente, el titular de esta deberá presentar una nueva solicitud, con el lleno de los requisitos legales que defina la normativa vigente.

PARÁGRAFO TERCERO. En ningún caso la solicitud de modificación de la aludida certificación suspenderá el plazo establecido en el artículo 11 de la Resolución 1283 de 2016, modificada por la Resolución 1303 del 13 de julio de 2018.

ARTÍCULO TERCERO. Notificar el contenido del presente acto administrativo a la sociedad INSUMMA BUSINESS GROUP FARMAVICOLA S.A, a través de su Representante Legal o Apoderado debidamente constituido.

ARTÍCULO CUARTO. Comunicar el contenido del presente acto administrativo a la CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL PARA LA DEFENSA DE LA MESETA DE BUCARAMANGA – CDMB, para su conocimiento y fines pertinentes.

ARTÍCULO QUINTO. Enviar copia de este acto administrativo a la Subdirección de Fiscalización Tributaria de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN y a la Unidad de Planeación Minero-Energética – UPME, para los fines pertinentes.

ARTÍCULO SEXTO. Publicar el contenido de este acto administrativo en la Gaceta de esta Entidad.

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Resolución No. 02070 Del 19 de noviembre de 2018 Hoja No. 10 de 10

“Por la cual se expide una Certificación de Beneficio Ambiental por Nuevas Inversiones en Proyectos de Fuentes No Convencionales de Energías Renovables - FNCER y Gestión

Eficiente de la Energía, para la exclusión del Impuesto Sobre las Ventas – IVA de la sociedad INSUMMA BUSINESS GROUP FARMAVICOLA S.A, y se toman otras

determinaciones”

ARTÍCULO SEPTIMO. Contra este acto administrativo procede el recurso de reposición, el cual podrá ser interpuesto con el lleno de los requisitos legales de conformidad a lo establecido en los artículos 74, 76 y 77 de la Ley 1437 de enero 18 de 2011.

NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los 19 de noviembre de 2018

RODRIGO SUAREZ CASTAÑODirector General

EjecutoresDIANA PAOLA CASTRO CIFUENTESProfesional Jurídico/Contratista Revisor / L�derCARLOS ALONSO RODRIGUEZ PARDOSubdirector de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales CARMEN LIZETH BOLIVAR MELENDEZAbogado/Contratista JENNY ROCIO CASTRO ACEVEDOAbogada

Expediente No. FCEI0066-00-2018 Concepto Técnico N° 06450 Fecha 25-10-2018Fecha: 16 de noviembre de 2018

Proceso No.: 2018160347

Archívese en: FCEI0066-00- 2018 Plantilla_Resolución_SILA_v3_42852

Nota: Este es un documento electrónico generado desde los Sistemas de Información de la ANLA. El original reposa en los archivos digitales de la Entidad.

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2018149805-3-000

CONCEPTO TÉCNICO No. 06450 del 25 de octubre de 2018

EXPEDIENTE: FCEI0066-00-2018

INTERESADO: INSUMA BUSINESS GROUP FARMAVICOLA S. A

UBICACIÓN: Carrera 14 N° 57 – 08 Km 7 Vía Girón, Santander

NIT: 804.010.612-7

TELÉFONO: 6466670

ASUNTO: Evaluación

VALOR DE LA INVERSIÓN ANTES DEL IVA: $ 34.735.660VALOR ESTIMADO DE LA EXCLUSIÓN: $ 6.599.775

______________________________________________________________________________

1 ANTECEDENTES

DOCUMENTOSTIPO No FECHA DESCRIPCIÓN

Comunicado 2018134052-1-000

25/09/2018

Por medio del cual la empresa INSUMA BUSINESS GROUP FARMAVICOLA S.A, presenta solicitud de certificación ambiental para acceder al beneficio de exclusión del impuesto sobre las ventas IVA, conforme a la Ley 1715 de 2014, reglamentada por el Decreto 2143 de 2015 y la Resolución 1283 de 2016, modificada por la Resolución 1303 de 2018, para los elementos y equipos necesarios para el proyecto “PROYECTO DE GENERACION FOTOVOLTAICA ON GRID PLANTA METALMECANICA ”.

Auto 5963 01/10/2018

La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA dio inicio al trámite de certificación ambiental para la exclusión de impuesto sobre las ventas IVA y abrió el expediente FCEI0066-00-2018 para su evaluación y concepto técnico.

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2 ANÁLISIS DE LA INFORMACIÓN APORTADA

2.1 Fundamento de la solicitud

La solicitud se fundamenta en la Ley 1715 de 2014, reglamentada por el Decreto 2143 de 2015 por el cual se adiciona el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energía, 1073 de 2015 con la definición de los lineamientos para la aplicación de los incentivos establecidos en el Capítulo III de la Ley 1715 de 2014 y la Resolución 1283 de 2016 modificada por la Resolución 1303 de 2018 expedidas por el Ministerio De Ambiente y Desarrollo Sostenible MADS.

2.2 Elementos, equipos o maquinaria objeto de la solicitud

En la tabla a continuación se relacionan los elementos y equipos objeto de la solicitud:

Tabla 1. Especificaciones del Elemento, Equipo o Maquinaria

ELEMENTOEQUIPO

MAQUINARIA

SUBPARTIDA

ARANCELARIA

CANTIDAD MARCA MODELOREFERENCIA

FABRICANTE

PROVEEDOR

PROVEEDOR

VENDEDOR

FUNCIÓN

Panel Fotovoltaico Silicio Policristalino

8541.40.10.00

51 (Unidades) RISEN RSM72-6-330P RISEN RENOVIGI

Debido a la energía solar o irradiancia y al EFECTO FOTOVOLTAICO es el encargado de producir energía en corriente continua (DC)

Inversores Grid tie 5 KW 8504.40.90.00

3 (Unidades)

BB&MOSO SF 5000 TL BB&MOSO RENOVIGI

Es el encargado de convertir un voltaje de entrada de corriente continua, a un voltaje de salida de corriente alterna, con la magnitud y frecuencias deseadas.

DSP DC 3 polos 1200 VDC/ 20-40KA

8535.40.20.00

7 (Unidades)

SUNTREE SUP2-PV SUNTREE RENOVIGI

Suprimir picos de generados por una descargar eléctrica en el sistema en corriente continua o por una descarga de un rayo, toda esta descaraga se es dirigida

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ELEMENTOEQUIPO

MAQUINARIA

SUBPARTIDA

ARANCELARIA

CANTIDAD MARCA MODELOREFERENCIA

FABRICANTE

PROVEEDOR

PROVEEDOR

VENDEDOR

FUNCIÓN

hacia una puesta tierra.

Disyuntor DC 2 Polos 800 VDC/16 A

8535.21.00.00

7 (Unidades)

SUNTREE SL7-63 PV DC SUNTREE RENOVIGI

Debe ser capaz de abrir o interrumpir circuito eléctrico cuando circula una corriente alta o si se ha producido un corto circuito en corriente continua.

DSP AC 3 polos 385 VAC/20-40KA

8535.40.20.00

4 (Unidades)

SUNTREE

SUP1-40- SPD/AC SUNTREE RENOVIGI

Suprimir picos de generados por una descargar eléctrica en el sistema en corriente alterna o por una descarga de un rayo, toda esta descaraga se es dirigida hacia una puesta tierra.

Disyuntor AC 2 Polos 275 VAC/32 A

8535.21.00.00

3 (Unidades)

SUNTREE SL7-63N MCB SUNTREE RENOVIGI

Debe ser capaz de abrir o interrumpir circuito eléctrico cuando circula una corriente alta o si se ha producido un corto circuito en corriente alterna.

SMC4 - CMMM - 12

Conectores para cable solar (Macho - Hembra)

8536.90.10.00

60 (Unidades)

SUNTREE

SMC4 - CFPM - 12

SUNTREE RENOVIGI

Dispositivo el cual se encarga de unir los paneles ya sea para una conexión serie o paralelo, también permite circular el paso de corriente hacia el inversor para su alimentación

Solar Cable Rojo 4mm2 8544.60.10.00

300 (Metros)

SUNTREE PV-1x4.0 mm² SUNTREE RENOVIGI

Solar Cable Negro 4 mm2 8544.60.10.00

450 (Metros)

SUNTREE PV-1x4.0 mm² SUNTREE RENOVIGI

Son los encargados de trasportar la corriente desde los puntos de generación (Módulos FV)

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ELEMENTOEQUIPO

MAQUINARIA

SUBPARTIDA

ARANCELARIA

CANTIDAD MARCA MODELOREFERENCIA

FABRICANTE

PROVEEDOR

PROVEEDOR

VENDEDOR

FUNCIÓN

hasta el Inversor.

Barras Riel De Aluminio 2,22 m 7604.10.20.00

54 (Unidades)

ART SIGN AS-DR-01A ART SIGN RENOVIGI

Es la encargada de soportar todo el grupo de paneles ya sea en serie o en paralelo.

Kit Click Lateral 40 mm 4 Piezas

7616.10.00.00

9 (Unidades)

ART SIGN AS-DMC ART SIGN RENOVIGI

Es el encargado de sujetar a la barra riel al iniciar el grupo paneles y al terminar el grupo paneles

Kit Click Intermedio 4 Piezas 7616.10.00.00

26 (Unidades)

ART SIGN AS-DEC ART SIGN RENOVIGI

Es el encargado de sujetar a la barra riel dos paneles que se van unir entre sí mismo.

Kit Pieza De Conexión 4 piezas 7616.10.00.00

15 (Unidades)

ART SIGN AS-DRS-01 ART SIGN RENOVIGI

Es el encargado de unir dos o más barra riel dependiendo el número de paneles a instalar

Kit Soporte Teja Metálica 4 piezas

7616.10.00.00

29 (Unidades)

ART SIGN AS-RH-19 ART SIGN RENOVIGI

Es el encargado de unir la barra riel a la teja metálica con el fin de darle más estabilidad y equilibrio al grupo de paneles

Fuente: Radicado 2018134052-1-000 del 25 de septiembre de 2018 – FCEI0066-00-2018 – Formato 1

De acuerdo con la información aportada por el solicitante, los elementos y equipos objeto de la presente solicitud están destinados a la instalación y operación del proyecto "PROYECTO DE GENERACION FOTOVOLTAICA ON GRID PLANTA AMETALMECANICA”, el cual será instalado sobre la cubierta de las instalaciones de la empresa INSUMA BUSINESS GROUP FARMAVICOLA y tendrá una capacidad instalada de 15,21 kWp.

Una vez revisada la información se obtiene que el valor de la tasa de porcentaje del IVA fue calculado con el 19%.

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2.3 Servicios Objeto de la Solicitud

El solicitante no incluye servicios en la presente solicitud.

2.4 Calculo del IVA sobre los bienes objeto de la solicitud

Tabla 2. Cálculo del IVAElemento

EquipoMaquinaria O servicio

Valor Total en Pesos Colombianos

(Sin incluir IVA)Valor IVA en Pesos Colombianos

Panel Fotovoltaico Silicio Policristalino 22.361.472 4.248.680

Inversores Grid tie 5 KW 6.327.750 1.202.273

DSP DC 3 polos 1200 VDC/ 20-40KA 479.080 91.025

Disyuntor DC 2 Polos 800 VDC/16 A 223.020 42.374

DSP AC 3 polos 385 VAC/20-40KA 179.360 34.078

Disyuntor AC 2 Polos 275 VAC/32 A 43.070 8.183

Conectores para cable solar (Macho - Hembra) 165.200 31.388

Kit Soporte Teja Metálica 4 piezas 396.480 75.331

Solar Cable Rojo 4mm2 1.239.000 235.410

Solar Cable Negro 4 mm2 1.652.000 313.880

Barras Riel De Aluminio 2,22 m 1.480.428 281.281

Kit Click Lateral 40 mm 4 Piezas 25.488 4.843

Kit Click Intermedio 4 Piezas 70.800 13.452

Kit Pieza De Conexión 4 piezas 92.512 17.577

TOTAL 34.735.660 6.599.775

Fuente: Radicado 2018134052-1-000 del 25 de septiembre de 2018 – FCEI0066-00-2018 – Formato 1

2.5 Certificado UPME

Los usuarios anexan Certificación No. 20181540030611 del 26/07/2018 expedida por la Unidad de Planeación Minero-Energética -UPME, mediante la cual se informa que el proyecto “PROYECTO DE GENERACION FOTOVOLTAICA ON GRID PLANTA METALMECANICA”, fue presentado ante el Comité de evaluación, cumpliendo con los requisitos establecidos en la Resolución UPME 045 de 2016 y procede su concepto FAVORABLE.

Revisada la información, se encuentra que la certificación emitida por la UPME avala el proyecto y los elementos y equipos que lo componen y que aplican para obtener el beneficio de la exclusión de

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IVA y/o gravamen arancelario, los cuales se encuentran listados en el formato 1 de la presente solicitud.

2.6 Localización geográfica

De acuerdo con la información aportada por el solicitante, el proyecto “PROYECTO DE GENERACION FOTOVOLTAICA ON GRID PLANTA METALMECANICA”, para el que se requieren los elementos y equipos objeto de la presente solicitud, se realizará en la cubierta de las instalaciones de la empresa INSUMA BUSINESS GROUP FARMAVICOLA S.A ubicada el en Kilometro 7 Vía Girón 16-136 LA ESMERALDA con las siguientes coordenadas:

Latitud: 7,082881 Longitud: -73,163009

2.7 Descripción del proyecto

(…)…

“Teniendo en cuenta el objetivo planteado. El proyecto consiste en la compra e instalación de los paneles solares y todos los componentes que permitan el correcto funcionamiento de las celdas fotovoltaicas.

En la sede de planta metalmecánica de la organización, se cuenta con una cubierta de techo 633 M2 en donde se plantea realizar la instalación de los elementos para generar la energía.

Por lo que no se tiene necesidad de realizar ningún tipo de construcción adicional a la que ya se tiene el día de hoy. La actividad más grande del proceso de implementación de la tecnología será la fase de instalación en donde se planea anclar los paneles solares a los respectivos soportes metálicos, que a su vez van anclados a la teja de Zinc que se encuentra en el techo de la planta metalmecánica de la organización. Una vez instalados se realiza la respectiva conexión eléctrica al sistema con el que hoy ya cuenta la planta, iniciando la producción y consumo interno de la energía solar generada a través del sistema implementado.

Es importante mencionar que el proyecto será implementado únicamente por Insumma BG, estará ubicado en su sede de planta metalmecánica, por lo que su participación dentro del proyecto es del 100%.

Datos Técnicos de la instalación

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…(…)

2.7.1 Objeto y finalidad de la Inversión

(…)…

El objetivo de implementar el proyecto de paneles solares es reducir el consumo de energía eléctrica de la red municipal a través de la producción de electricidad usando la energía solar mediante el uso de paneles solares en la planta metalmecánica de la organización. Se planea reducir en un 58,2% el consumo de la red municipal con la implementación de este proyecto que busca reducir el impacto ambiental que tiene la compañía con el medio ambiente, así como concientizar a otras organizaciones de las ventajas de realizar una inversión de este tipo en sus instalaciones.

…(…)

2.8 Cuantificación de beneficios Ambientales

El solicitante manifiesta lo siguiente:

Energía Media Generada kWh/año 22.561Valor Kg/año CO2 que se generaría sin la nueva inversión. Kg/año CO2 4.489

Valor Kg/año CO2 que se generaría con la nueva inversión Kg/año CO2 2.368

Beneficio Ambiental 2.121 kg/año de CO2

Cabe mencionarse que la anterior cuantificación del beneficio ambiental presentada por el usuario fue calculada con el factor marginal de emisión de la Resolución UPME No. 857 del 2017 igual a 0,199 TonCO2/MWh.

No obstante, lo anterior, y con el fin de que esta Autoridad pueda comparar los beneficios ambientales que se obtienen con los diferentes proyectos que certifica usará para estimar las emisiones de CO2, el factor marginal de emisión de la Resolución UPME 804 de 2017, igual a 0,367 TonCO2/MWh; en consecuencia, se procedió a hacer el respectivo cálculo obteniendo como resultado la siguiente cuantificación estimada del beneficio ambiental:

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- Kilogramos CO2/año que se evitarán con la nueva inversión: 8.279

3. ANÁLISIS TÉCNICO

De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 1715 de 2014, para acceder al beneficio tributario de exclusión del impuesto sobre las ventas IVA, los equipos, elementos y servicios deben cumplir con el requisito de estar destinados a por lo menos uno de los siguientes fines:

La preinversión e inversión, para la producción y utilización de energía a partir de Fuentes No Convencionales.

La medición y evaluación de los potenciales recursos.

Adicionalmente los equipos y elementos deben estar incluidos en la lista expedida por la UPME.

Una vez revisada la información allegada por los solicitantes se encuentra lo siguiente:

3.1 Los elementos y equipos objeto de la presente solicitud, se destinarán al proyecto denominado “PROYECTO DE GENERACION FOTOVOLTAICA ON GRID PLANTA METALMECANICA”, ubicado en las instalaciones de la empresa INSUMA BUSINESS GROUP FARMAVICOLA S.A ubicadas Carrera 14 N° 57 – 08 en el Km 7 vía Girón en el departamento de Santander. Dicho proyecto consiste en la implementación de un sistema de generación de energía eléctrica a partir de energía solar, el cual contará con un sistema de paneles que transforman la radiación solar en corriente continua para suplir en un 58,2% la demanda de energía de la red convencional.

3.2 El Proyecto Solar “PROYECTO DE GENERACION FOTOVOLTAICA ON GRID PLANTA METALMECANICA” tendrá una potencia total instalada de 13,58 kWp y con su operación se esperan generar aproximadamente 22.561 kWh/año de energía eléctrica.

3.3 Para el cálculo estimado de los beneficios ambientales, el solicitante utilizó el factor marginal de emisión de la Resolución UPME de 2015, igual a 0,1990 TonCO2/MWh; Sin embargo con el fin de que esta Autoridad pueda comparar los beneficios ambientales que se obtienen con los diferentes proyectos que certifica, usó para estimar las emisiones de CO2, el factor marginal de emisión de la Resolución UPME 804 de 2017, igual a 0,367 TonCO2/MWh; en consecuencia se procedió a hacer el respectivo cálculo obteniendo como resultado la siguiente cuantificación estimada del beneficio ambiental:

Kilogramos CO2/año que se evitarán con la nueva inversión: 8.279

3.4 La Unidad de Planeación Minero-Energética - UPME, conceptuó a través de la Certificación No. 20181540030611 del 26 de julio de 2018, que el proyecto “PROYECTO DE GENERACION FOTOVOLTAICA ON GRID PLANTA METALMECANICA” fue presentado ante el Comité de

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Evaluación, cumpliendo con los requisitos establecidos, por lo que se avala el proyecto, así como los elementos y equipos que lo componen.

Una vez revisada la mencionada certificación, se encuentra que la misma avala el proyecto, los elementos y equipos listados en el formato 1 de la presente solicitud para acceder al incentivo tributario de exclusión de IVA y/o la exención de gravamen arancelario.

3.5 La Energía Solar FV representa la segunda fuente avanzada de energía renovable de mayor penetración en el mundo, después de la eólica, con una producción que equivale a entre el 0,85% y el 1% de la demanda mundial de electricidad (IEA, 2014c), lograda a través de una capacidad instalada de 139 GW a 2013. En el año 2013 esta tecnología supero por primera vez en términos de crecimiento a la energía eólica con un incremento en la capacidad instalada de 39 GW (frente a 35 GW de eólica), presentando a la vez un crecimiento promedio del 55% anual para los últimos 5 años.

Países como Alemania, China e Italia lideran los mercados de la energía solar contando con capacidades instaladas del orden de 36, 19 y 18 GW, respectivamente (REN21, 2014).

Imagen No. 1. Recurso solar en Colombia frente al resto del Mundo.

Fuente: 3TIER, 2014

Entre tanto, para el caso de Colombia, las fuentes de información de recurso solar indican que el país cuenta con una irradiación promedio de 4,5 kWh/m2/d (UPME, IDEAM 2005), la cual supera el promedio mundial de 3,9 kWh/m2/d y está muy por encima del promedio recibido en Alemania (3,0 kWh/m2/d) (ARTICSUN, SF) país que hace mayor uso de la energía solar FV, a nivel mundial con aproximadamente 36 WGV de capacidad instalada a 2013 (REN21, 2014).

Si bien recursos como los de regiones como África, el Medio Oriente o Australia superan, en términos generales, el recurso disponible en Sur América, este representa buenos niveles de irradiación solar, ante todo en comparación con los países nórdicos, y en el caso de Colombia y los países ecuatoriales se cuenta con la ventaja de tener un buen recurso promedio a lo largo del año al no experimentar el fenómeno de las estaciones.

De acuerdo con el Atlas de radiación solar de la UPME, regiones particulares del país como son la Guajira, una buena parte de la Costa Atlántica y otras regiones específicas en los departamentos de Arauca, Casanare, Vichada y Meta, entre otros, presentan niveles de

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radiación por encima del promedio nacional que pueden llegar al orden de los 6,0 kWh/m2/d, recurso comparable con algunas de las regiones con mejor recurso en el mundo como es el caso del desierto de Atacama en Chile o los estados de Arizona y Nuevo México en Estados Unidos (NREL, 2008). Por otra parte, regiones como la costa pacífica reciben niveles por debajo del promedio, los cuales siguen estando, por ejemplo, por encima de los niveles anuales promedio recibidos en Alemania.1.

Tabla 3. Valores de irradiación promedio para diferentes regiones del país

REGION PROMEDIO IRRADIACIÓN (kWh/m2/d)

Guajira 6,0Costa Atlántica 5,0

Orinoquía 4,5Amazonía 4,2

Región Andina 4,5Costa Pacífica 3,5

Fuente: UPME, IDEAM, 2005

Las instalaciones solares fotovoltaicas funcionan de acuerdo con un sencillo principio: constan de paneles solares (módulos fotovoltaicos) individuales, que a su vez contienen células solares individuales hechas de materiales semiconductores como el silicio (cristalino y amorfo). Cuando brilla el sol, una célula solar se comporta casi como una batería, la luz solar recibida separa los electrones de modo que forman una capa de carga positiva y una de carga negativa en la célula solar; esta diferencia de potencial genera una corriente eléctrica.

Cuanta más luz del sol reciba una célula, más será la potencia de corriente eléctrica generada; para aumentar dicha potencia, se combinan varias células y se conectan formando un panel solar; estos paneles a su vez se pueden integrar para aumentar aún más la potencia formando una planta fotovoltaica. La potencia máxima de una planta fotovoltaica en teoría es ilimitada conectando un número indefinido de paneles solares. En la práctica, la potencia máxima de la instalación se calcula con base en la radiación solar del lugar, las necesidades de energía eléctrica del usuario y la superficie disponible para la instalación de los paneles solares. La potencia máxima de una instalación fotovoltaica se indica en kilovatios pico (kW) o megavatios pico (MWp).2

3.6 Aunque esta Autoridad no certifica valores sino elementos, equipos, maquinaria y servicios, es pertinente indicar que el valor estimado de la inversión que se recomienda certificar es de $ 34.735.660 y el valor del IVA respectivo es de $ 6.599.775 pesos.

1 UPME. Integración de las energías renovables no convencionales en Colombia, Bogotá. 2015. Consultado en línea 16/10/2018. Disponible En: http://www.upme.gov.co/Estudios/2015/Integracion_Energias_Renovables/INTEGRACION_ENERGIAS_RENOVANLES_WEB.pdf

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3.7 Una vez consultada la base de datos del trámite, se encuentra que esta Autoridad no ha expedido anteriormente Certificaciones Ambientales a la empresa INSUMA BUSINESS GROUP FARMAVÍCOLA S.A con Nit: 804.010.612-7, con el fin de acceder a los distintos incentivos tributarios de que trata la Ley 1715 de 2014.

4. CONCEPTO

Como resultado de la evaluación técnica realizada, de la información consignada en el expediente FCEI0066-00-2018 y en cumplimiento de los requisitos exigidos en el marco normativo aplicable, específicamente con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 1715 de 2014, el Decreto 2143 de 2015 y la Resolución 1283 de 2016, la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales considera desde el punto de vista técnico:

La VIABILIDAD de la Certificación solicitada por la empresa INSUMA BUSINESS GROUP FARMAVÍCOLA S.A identificada con NIT: 804.010.612-7 para acceder al incentivo tributario de Exclusión de IVA, en los siguientes términos:

4.1 Certificar los elementos y equipos relacionados en la siguiente tabla, los cuales corresponden a inversiones en Proyectos de Fuentes No Convencionales de Energía:

Tabla 4. Elementos y equipos a certificar

ELEMENTOEQUIPO

MAQUINARIA

SUBPARTIDA

ARANCELARIA

CANTIDAD MARCA MODELOREFERENCIA

FABRICANTE

PROVEEDOR

PROVEEDOR

VENDEDOR

FUNCIÓN

Panel Fotovoltaico Silicio Policristalino

8541.40.10.00

51 (Unidades) RISEN RSM72-6-330P RISEN RENOVIGI

Debido a la energía solar o irradiancia y al EFECTO FOTOVOLTAICO es el encargado de producir energía en corriente continua (DC)

Inversores Grid tie 5 KW 8504.40.90.00

3 (Unidades)

BB&MOSO SF 5000 TL BB&MOSO RENOVIGI

Es el encargado de convertir un voltaje de entrada de corriente continua, a un voltaje de salida de corriente alterna, con la magnitud y frecuencias deseadas.

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ELEMENTOEQUIPO

MAQUINARIA

SUBPARTIDA

ARANCELARIA

CANTIDAD MARCA MODELOREFERENCIA

FABRICANTE

PROVEEDOR

PROVEEDOR

VENDEDOR

FUNCIÓN

DSP DC 3 polos 1200 VDC/ 20-40KA

8535.40.20.00

7 (Unidades)

SUNTREE SUP2-PV SUNTREE RENOVIGI

Suprimir picos de generados por una descargar eléctrica en el sistema en corriente continua o por una descarga de un rayo, toda esta descaraga se es dirigida hacia una puesta tierra.

Disyuntor DC 2 Polos 800 VDC/16 A

8535.21.00.00

7 (Unidades)

SUNTREE SL7-63 PV DC SUNTREE RENOVIGI

Debe ser capaz de abrir o interrumpir circuito eléctrico cuando circula una corriente alta o si se ha producido un corto circuito en corriente continua.

DSP AC 3 polos 385 VAC/20-40KA

8535.40.20.00

4 (Unidades)

SUNTREE

SUP1-40- SPD/AC SUNTREE RENOVIGI

Suprimir picos de generados por una descargar eléctrica en el sistema en corriente alterna o por una descarga de un rayo, toda esta descaraga se es dirigida hacia una puesta tierra.

Disyuntor AC 2 Polos 275 VAC/32 A

8535.21.00.00

3 (Unidades)

SUNTREE SL7-63N MCB SUNTREE RENOVIGI

Debe ser capaz de abrir o interrumpir circuito eléctrico cuando circula una corriente alta o si se ha producido un corto circuito en corriente alterna.

SMC4 - CMMM - 12

Conectores para cable solar (Macho - Hembra)

8536.90.10.00

60 (Unidades)

SUNTREE

SMC4 - CFPM - 12

SUNTREE RENOVIGI

Dispositivo el cual se encarga de unir los paneles ya sea para una conexión serie o paralelo, también permite circular el paso

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FABRICANTE

PROVEEDOR

PROVEEDOR

VENDEDOR

FUNCIÓN

de corriente hacia el inversor para su alimentación

Solar Cable Rojo 4mm2 8544.60.10.00

300 (Metros)

SUNTREE PV-1x4.0 mm² SUNTREE RENOVIGI

Solar Cable Negro 4 mm2 8544.60.10.00

450 (Metros)

SUNTREE PV-1x4.0 mm² SUNTREE RENOVIGI

Son los encargados de trasportar la corriente desde los puntos de generación (Módulos FV) hasta el Inversor.

Barras Riel De Aluminio 2,22 m 7604.10.20.00

54 (Unidades)

ART SIGN AS-DR-01A ART SIGN RENOVIGI

Es la encargada de soportar todo el grupo de paneles ya sea en serie o en paralelo.

Kit Click Lateral 40 mm 4 Piezas

7616.10.00.00

9 (Unidades)

ART SIGN AS-DMC ART SIGN RENOVIGI

Es el encargado de sujetar a la barra riel al iniciar el grupo paneles y al terminar el grupo paneles

Kit Click Intermedio 4 Piezas 7616.10.00.00

26 (Unidades)

ART SIGN AS-DEC ART SIGN RENOVIGI

Es el encargado de sujetar a la barra riel dos paneles que se van unir entre si mismo.

Kit Pieza De Conexión 4 piezas 7616.10.00.00

15 (Unidades)

ART SIGN AS-DRS-01 ART SIGN RENOVIGI

Es el encargado de unir dos o más barra riel dependiendo el número de paneles a instalar

Kit Soporte Teja Metálica 4 piezas

7616.10.00.00

29 (Unidades)

ART SIGN AS-RH-19 ART SIGN RENOVIGI

Es el encargado de unir la barra riel a la teja metálica con el fin de darle más estabilidad y equilibrio al grupo de paneles

Es el concepto de,

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Firmas:

MAGDA LUZ CARDENAS AMARILESProfesional Técnico/Contratista

Andres Marcelo Aguas MezaContratista

EjecutoresANDRES MARCELO AGUAS MEZAContratista Revisor / L�derMAGDA LUZ CARDENAS AMARILESProfesional Técnico/Contratista

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